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jueves, 22 de noviembre de 2018
RESOLUCION Nº 042-2018
Que la ciudadana abogada Omaira Otero Mora, en su carácter de Juez del Juzgado Tercero (3ro.) de Primera Instancia de Juicio de esta Circunscripción Judicial y Sede, solicito permiso por ante esta Coordinación, para el día viernes veintitrés (23) de noviembre de 2018, con la finalidad de acompañar a su menor hijo al plantel de estudio por cuanto le fue otorgado el Premio a la Excelencia como mejor estudiante de su curso, lo cual le impiden abrir el Despacho tal como lo exige la norma contenida con el Artículo 31 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
COORDINACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE
LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO MIRANDA LOS TEQUES
208° y 159°
RESOLUCION Nº 042-2018
La Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Trabajo del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Los Teques, en uso de las atribuciones conferidas mediante la Resolución de Nro. 1475 del Tribunal Supremo de Justicia. Dirección Ejecutiva de la Magistratura, en fecha 03 de Octubre de 2003, dicta la presente Resolución para hacer del conocimiento a todos los abogados, Usuarios y Público en General, lo siguiente.
CONSIDERANDO
Que es deber ineludible de todo operador de Justicia Garantizar y mantener al Justiciable su derecho de ser informado y de acceso a los órganos de Justicia, así como también a observar el debido proceso y al derecho a la defensa de conformidad con lo establecido en los artículos 29 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
CONSIDERANDO
Que la ciudadana abogada Omaira Otero Mora, en su carácter de Juez del Juzgado Tercero (3ro.) de Primera Instancia de Juicio de esta Circunscripción Judicial y Sede, solicito permiso por ante esta Coordinación, para el día viernes veintitrés (23) de noviembre de 2018, con la finalidad de acompañar a su menor hijo al plantel de estudio por cuanto le fue otorgado el Premio a la Excelencia como mejor estudiante de su curso, lo cual le impiden abrir el Despacho tal como lo exige la norma contenida con el Artículo 31 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
RESUELVE
Primero: NO DAR DESPACHO, el día viernes veintitrés (23) de noviembre de dos mil dieciocho (2018) en el Juzgado Tercero (3ro.) de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda.
SEGUNDO: Asimismo se les informa a los usuarios que las audiencias pautadas para celebrarse el día el día viernes veintitrés (23) de noviembre de dos mil dieciocho (2018) serán reprogramadas.
TERCERO: Se ordena la publicación de la presente Resolución en la Página WEB del Tribunal Supremo de Justicia, Región Miranda y la Remisión a la Coordinación Nacional del Trabajo.
Dado, firmado y sellado en la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con Sede en Los Teques, a los veintidós (22) días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho (2018). Siendo las tres y treinta de la tarde (3:30 pm.) Años: 208° de la Independencia y 159° de la Federación.
ABG. INDIRA ROSA CARDOZO MATUTE
JUEZ SUPERIOR Y COORDINADOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA LOS TEQUES
Autor:
COORDINACION LABORAL LOS TEQUES
Fecha de Publicación:
22/11/2018
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