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jueves, 21 de febrero de 2019
RESOLUCIÓN Nº 10-19.- NO DESPACHO EN EL TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO Y SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CHARALLAVE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE
RESOLUCIÓN No 10-19
La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en uso de las atribuciones conferidas mediante Resolución Nro. 1475, de fecha 03/10/2003, en total concordancia con la Resolución Nro. 70, de fecha 27/08/2004, ambas emanadas de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura; dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General lo siguiente:
CONSIDERANDO
Que la Escuela Nacional de Magistratura con el propósito de continuar con la capacitación de los Jueces, Juezas y demás servidores del Poder Judicial, tiene planificado entre sus ofertas académicas dictar el FORO “Aspectos Jurídicos de las Relaciones de Pareja”, para el día Viernes Veintidós (22) de Febrero de Dos Mil Diecinueve (2019), cuya actividad académica se llevará a cabo en el Auditorio Principal de la Escuela Nacional de la Magistratura, Caracas.
CONSIDERANDO
Que mediante Oficio No DD 012-2019, de fecha Quince (15) de Febrero del año en curso, emanado de la Escuela Nacional de la Magistratura, le fue solicitado a esta Coordinación Laboral la designación de Diez (10) participantes divididos entre Jueces, Juezas y demás servidores judiciales, entre los cuales se postuló al DR. LUIS DANIEL BASTARDO PINTO, en su condición de Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo y al DR. AMADO JUNIOR APONTE PAZ, en su condición de Juez del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, ambos de esta misma Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, en tal sentido:
RESUELVE
NO DAR DESPACHO en los Juzgados Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo y Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, el día Viernes 22 de Febrero de 2019; en consecuencia, no correrán los lapsos procesales en las causas que se tramitan en dichos Juzgados.
Se ordena publicar la presente Resolución en la página web del Tribunal Supremo de Justicia Región Miranda y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Charallave.
Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave, a los Veintiún (21) días del Mes de Febrero de dos mil Diecinueve (2019). CÚMPLASE.
DR. LUIS DANIEL BASTARDO PINTO
JUEZ COORDINADOR LABORAL EN LOS VALLES DEL TUY
LDBP/er
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE
RESOLUCIÓN No 10-19
La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en uso de las atribuciones conferidas mediante Resolución Nro. 1475, de fecha 03/10/2003, en total concordancia con la Resolución Nro. 70, de fecha 27/08/2004, ambas emanadas de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura; dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General lo siguiente:
CONSIDERANDO
Que la Escuela Nacional de Magistratura con el propósito de continuar con la capacitación de los Jueces, Juezas y demás servidores del Poder Judicial, tiene planificado entre sus ofertas académicas dictar el FORO “Aspectos Jurídicos de las Relaciones de Pareja”, para el día Viernes Veintidós (22) de Febrero de Dos Mil Diecinueve (2019), cuya actividad académica se llevará a cabo en el Auditorio Principal de la Escuela Nacional de la Magistratura, Caracas.
CONSIDERANDO
Que mediante Oficio No DD 012-2019, de fecha Quince (15) de Febrero del año en curso, emanado de la Escuela Nacional de la Magistratura, le fue solicitado a esta Coordinación Laboral la designación de Diez (10) participantes divididos entre Jueces, Juezas y demás servidores judiciales, entre los cuales se postuló al DR. LUIS DANIEL BASTARDO PINTO, en su condición de Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo y al DR. AMADO JUNIOR APONTE PAZ, en su condición de Juez del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, ambos de esta misma Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, en tal sentido:
RESUELVE
NO DAR DESPACHO en los Juzgados Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo y Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, el día Viernes 22 de Febrero de 2019; en consecuencia, no correrán los lapsos procesales en las causas que se tramitan en dichos Juzgados.
Se ordena publicar la presente Resolución en la página web del Tribunal Supremo de Justicia Región Miranda y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Charallave.
Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave, a los Veintiún (21) días del Mes de Febrero de dos mil Diecinueve (2019). CÚMPLASE.
DR. LUIS DANIEL BASTARDO PINTO
JUEZ COORDINADOR LABORAL EN LOS VALLES DEL TUY
LDBP/er
Autor:
COORDINACIÓN LABORAL EN LOS VALLES DEL TUY
Fecha de Publicación:
21/02/2019
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