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lunes, 04 de noviembre de 2019
RESOLUCIÓN No 42-19.- NO DESPACHO EN EL TRIBUNAL 2DO DE 1ERA INSTANCIA DE S.M.E Y 1ERO DE 1ERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN CHARALLAVE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE
RESOLUCIÓN No 42-19
La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en uso de las atribuciones conferidas mediante Resolución Nro. 1475, de fecha 03/10/2003, en total concordancia con la Resolución Nro. 70, de fecha 27/08/2004, ambas emanadas de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura; dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General lo siguiente:
CONSIDERANDO
Que la Escuela Nacional de la Magistratura con el propósito de continuar con la capacitación de los Jueces, Juezas, y demás servidores del Poder Judicial, tiene planificado entre sus ofertas académicas un Ciclo de Video Conferencias denominado “Justicia Intercultural”, para el día Martes Cinco (05) de dos mil diecinueve 2019, cuya actividad se llevara a cabo en el Auditorio de la Escuela Nacional de la Magistratura, Caracas.
CONSIDERANDO
Que mediante Oficio No 135-5-2019, de fecha Veintitrés (23) de Octubre del año en curso, emanado de la Escuela Nacional de la Magistratura, le fue solicitado a esta Coordinación Laboral la designación de participantes divididos entre Jueces, Juezas y demás Servidores Judiciales, entre los cuales se postuló al DR. AMADO APONTE PAZ, en su condición de Juez del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, y al DR. LUIS DANIEL BASTARDO, en su condición de Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, ambos de esta misma Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, en tal sentido.
RESUELVE
NO DAR DESPACHO en los Juzgados Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo y Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, el Día Martes Cinco (05) de Noviembre de 2019, en consecuencia, no correrán los lapsos procesales en las causas que se tramitan en dichos Juzgados.
Se ordena colocar la presente Resolución en la página web del Tribunal Supremo de Justicia Región Miranda y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Charallave.
Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave, a los Cuatro (04) días del mes de Noviembre de dos mil diecinueve (2019).CÚMPLASE.
DR. LUIS DANIEL BASTARDO PINTO
JUEZ COORDINADOR LABORAL
LDBP/ya.-
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE
RESOLUCIÓN No 42-19
La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en uso de las atribuciones conferidas mediante Resolución Nro. 1475, de fecha 03/10/2003, en total concordancia con la Resolución Nro. 70, de fecha 27/08/2004, ambas emanadas de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura; dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General lo siguiente:
CONSIDERANDO
Que la Escuela Nacional de la Magistratura con el propósito de continuar con la capacitación de los Jueces, Juezas, y demás servidores del Poder Judicial, tiene planificado entre sus ofertas académicas un Ciclo de Video Conferencias denominado “Justicia Intercultural”, para el día Martes Cinco (05) de dos mil diecinueve 2019, cuya actividad se llevara a cabo en el Auditorio de la Escuela Nacional de la Magistratura, Caracas.
CONSIDERANDO
Que mediante Oficio No 135-5-2019, de fecha Veintitrés (23) de Octubre del año en curso, emanado de la Escuela Nacional de la Magistratura, le fue solicitado a esta Coordinación Laboral la designación de participantes divididos entre Jueces, Juezas y demás Servidores Judiciales, entre los cuales se postuló al DR. AMADO APONTE PAZ, en su condición de Juez del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, y al DR. LUIS DANIEL BASTARDO, en su condición de Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, ambos de esta misma Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, en tal sentido.
RESUELVE
NO DAR DESPACHO en los Juzgados Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo y Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, el Día Martes Cinco (05) de Noviembre de 2019, en consecuencia, no correrán los lapsos procesales en las causas que se tramitan en dichos Juzgados.
Se ordena colocar la presente Resolución en la página web del Tribunal Supremo de Justicia Región Miranda y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Charallave.
Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave, a los Cuatro (04) días del mes de Noviembre de dos mil diecinueve (2019).CÚMPLASE.
DR. LUIS DANIEL BASTARDO PINTO
JUEZ COORDINADOR LABORAL
LDBP/ya.-
Autor:
COORDINACIÓN DEL TRABAJO EN LOS VALLES DEL TUY
Fecha de Publicación:
04/11/2019
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