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viernes, 15 de noviembre de 2019
RESOLUCIÓN No 43-19.- NO DESPACHO EN EL TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN CHARALLAVE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE
RESOLUCIÓN No 43-19
La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en uso de las atribuciones conferidas mediante Resolución Nro. 1475, de fecha 03/10/2003, en total concordancia con la Resolución Nro. 70, de fecha 27/08/2004, ambas emanadas de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura; dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General lo siguiente:
CONSIDERANDO
Que mediante comunicación emanada de la Rectoría Civil del estado Bolivariano de Miranda, a través de la cual extiende a esta Coordinación Laboral con sede en Charallave, la invitación que el Presidente de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, Magistrado Yvan Darío Bastardo, realiza el "1er Congreso Misión Esequibo", solicitando a esta Coordinación Laboral la designación de Jueces y Juezas, Secretarios, Secretarias, Abogados Asistentes y todo el personal Judicial interesado en tan importante Congreso.
CONSIDERANDO
Que la Coordinación Laboral Nacional presidida por el Magistrado Doctor Jesús Manuel Jiménez Alfonzo, autorizó la designación del DR. YIMMYS GONZÁLEZ VARGAS, en su condición de Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial del y sede, para asistir al referido Congreso, en consecuencia, esta Coordinación Laboral:
RESUELVE
NO DAR DESPACHO en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, el Día Lunes Dieciocho (18) de Noviembre de 2019, en consecuencia, no correrán los lapsos procesales durante dichos días.
Se ordena colocar la presente Resolución en la página web del Tribunal Supremo de Justicia Región Miranda y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Charallave.
Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave, a los Quince (15) días del mes de Noviembre de dos mil diecinueve (2019).CÚMPLASE.
DR. LUIS DANIEL BASTARDO PINTO
JUEZ COORDINADOR LABORAL
LDBP/ya.-
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE
RESOLUCIÓN No 43-19
La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en uso de las atribuciones conferidas mediante Resolución Nro. 1475, de fecha 03/10/2003, en total concordancia con la Resolución Nro. 70, de fecha 27/08/2004, ambas emanadas de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura; dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General lo siguiente:
CONSIDERANDO
Que mediante comunicación emanada de la Rectoría Civil del estado Bolivariano de Miranda, a través de la cual extiende a esta Coordinación Laboral con sede en Charallave, la invitación que el Presidente de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, Magistrado Yvan Darío Bastardo, realiza el "1er Congreso Misión Esequibo", solicitando a esta Coordinación Laboral la designación de Jueces y Juezas, Secretarios, Secretarias, Abogados Asistentes y todo el personal Judicial interesado en tan importante Congreso.
CONSIDERANDO
Que la Coordinación Laboral Nacional presidida por el Magistrado Doctor Jesús Manuel Jiménez Alfonzo, autorizó la designación del DR. YIMMYS GONZÁLEZ VARGAS, en su condición de Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial del y sede, para asistir al referido Congreso, en consecuencia, esta Coordinación Laboral:
RESUELVE
NO DAR DESPACHO en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, el Día Lunes Dieciocho (18) de Noviembre de 2019, en consecuencia, no correrán los lapsos procesales durante dichos días.
Se ordena colocar la presente Resolución en la página web del Tribunal Supremo de Justicia Región Miranda y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Charallave.
Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave, a los Quince (15) días del mes de Noviembre de dos mil diecinueve (2019).CÚMPLASE.
DR. LUIS DANIEL BASTARDO PINTO
JUEZ COORDINADOR LABORAL
LDBP/ya.-
Autor:
COORDINACIÓN DEL TRABAJO EN LOS VALLES DEL TUY
Fecha de Publicación:
15/11/2019
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