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lunes, 08 de julio de 2024
RESOLUCIÓN No 15-24 NO DAR DESPACHO en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda
RESUELVE
NO DAR DESPACHO en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, los días lunes ocho (08), martes nueve (09) y miércoles diez (10) de julio de dos mil veinticuatro (2024), en consecuencia, no correrán los lapsos en las causas que se tramitan en dicho juzgado.
Se ordena colocar la presente Resolución en la página web del Tribunal Supremo de Justicia y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave.
Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave, a los ocho (08) días del mes de julio de dos mil veinticuatro (2024). CÚMPLASE.
Dr. AMADO JUNIOR APONTE PAZ
JUEZ COORDINADOR LABORAL
AJAP/jv.-
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE
RESOLUCIÓN No 15-24
La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en uso de las atribuciones conferidas mediante Resolución Nro. 1475, de fecha 03/10/2003, en total concordancia con la Resolución Nro. 70, de fecha 27/08/2004, ambas emanadas de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura; dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General lo siguiente:
CONSIDERANDO
Que la DRA. MARY CARMEN CHACON ARROYO, Jueza del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, no asistirá a su puesto de trabajo, el día de hoy lunes ocho (08) de julio de dos mil veinticuatro (2024), por cuanto presenta quebranto de salud, asistiendo a consulta en los Servicios Médicos.
CONSIDERANDO
Que a la DRA. MARY CARMEN CHACON ARROYO, Jueza del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, le fue indicado reposo médico por un período de tres (03) días, con diagnostico de síndrome febril tipo dengue; en consecuencia, esta Coordinación Laboral:
RESUELVE
NO DAR DESPACHO en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, los días lunes ocho (08), martes nueve (09) y miércoles diez (10) de julio de dos mil veinticuatro (2024), en consecuencia, no correrán los lapsos en las causas que se tramitan en dicho juzgado.
Se ordena colocar la presente Resolución en la página web del Tribunal Supremo de Justicia y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave.
Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave, a los ocho (08) días del mes de julio de dos mil veinticuatro (2024). CÚMPLASE.
Dr. AMADO JUNIOR APONTE PAZ
JUEZ COORDINADOR LABORAL
AJAP/jv.-
Autor:
DR. AMADO JUNIOR APONTE PAZ JUEZ COORDINADOR LABORAL
Fecha de Publicación:
08/07/2024
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