Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
lunes, 16 de diciembre de 2024
RESOLUCION No 30-24 NO DAR DESPACHO en los Juzgados (i) Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, y (ii) Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de M
RESUELVE

NO DAR DESPACHO en los Juzgados (i) Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, y (ii) Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, el día lunes dieciséis (16) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024), en consecuencia, no correrán los lapsos procesales durante dicho día.

Se ordena colocar la presente Resolución en la página web del Tribunal Supremo de Justicia y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave.

Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave, a los dieciséis (16) días del mes de diciembre del año dos mil veinticuatro (2024). CUMPLASE.







Dr. AMADO JUNIOR APONTE PAZ

JUEZ COORDINADOR DEL TRABAJO EN LOS VALLES DEL TUY







AJAP/jv.-

 


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE



RESOLUCION No 30-24



La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en uso de las atribuciones conferidas mediante Resolución Nro. 1475, de fecha 03/10/2003, en total concordancia con la Resolución Nro. 70, de fecha 27/08/2004, ambas emanadas de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura; dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General lo siguiente:

CONSIDERANDO

Que el día quince (15) de diciembre del año en curso, se cumplieron 25 años de la aprobación de nuestra Carta Magna, y siguiendo los lineamientos impartidos por la Magistrada CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, Presidenta del Tribunal Supremo de Justicia, en acompañamiento a los demás Magistrados que integran el Máximo Tribunal, el día lunes dieciséis (16) de diciembre del año dos mil veinticuatro (2024), se realizará Acto Conmemorativo en ocasión al 25° aniversario de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual se llevará a cabo en la sede del Tribunal Supremo de Justicia.



CONSIDERANDO

Que este Circuito Laboral se compone por tres (03) Juzgados, siendo designados por ésta Coordinación Laboral del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, el DR. AMADO JUNIOR APONTE PAZ, Juez del Juzgado Segundo de Primea Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, y DR. LUIS DANIEL BASTARDO PINTO, juez del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta misma Circunscripción Judicial y sede, para participar en el Acto Conmemorativo en ocasión al 25° aniversario de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a realizarse el día lunes dieciséis (16) de diciembre del año en curso, en la sede del Tribunal Supremo de Justicia; en consecuencia, esta Coordinación Laboral:



RESUELVE

NO DAR DESPACHO en los Juzgados (i) Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, y (ii) Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, el día lunes dieciséis (16) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024), en consecuencia, no correrán los lapsos procesales durante dicho día.

Se ordena colocar la presente Resolución en la página web del Tribunal Supremo de Justicia y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave.

Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave, a los dieciséis (16) días del mes de diciembre del año dos mil veinticuatro (2024). CUMPLASE.







Dr. AMADO JUNIOR APONTE PAZ

JUEZ COORDINADOR DEL TRABAJO EN LOS VALLES DEL TUY







AJAP/jv.-

 
Autor:
  JUEZ COORDINADOR DEL TRABAJO EN LOS VALLES DEL TUY
 
Fecha de Publicación:
  16/12/2024
Pagina Web:
  SI
Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados