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jueves, 13 de febrero de 2025
RESOLUCION 04-25 NO DAR DESPACHO en los Juzgados (i) Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, y (ii) Primero de primera Instancia de Juicio del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mir
RESUELVE

NO DAR DESPACHO en los Juzgados (i) Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, y (ii) Primero de primera Instancia de Juicio del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Charallave, el día viernes catorce (14) de febrero del año dos mil veinticinco (2025); en consecuencia, no correrán los lapsos procesales en las causas que se tramitan en dichos Juzgados.

Se ordena publicar la presente Resolución en la página web del Tribunal Supremo de Justicia Región Miranda y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Charallave.

Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave, a los trece (13) días del mes de febrero de dos mil veinticinco (2024). CÚMPLASE.









DR. AMADO JUNIOR APONTE PAZ

JUEZ COORDINADOR LABORAL



AJAP/jv.-

 




REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE



RESOLUCIÓN No. 04-25

La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en uso de las atribuciones conferidas mediante Resolución Nro. 1475, de fecha 03/10/2003, en total concordancia con la Resolución Nro. 70, de fecha 27/08/2004, ambas emanadas de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura; dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General lo siguiente:

CONSIDERANDO

Que la Presidenta del Tribunal Supremo de Justica Magistrada CARYSLIA BEATRIZ RODRÍGUEZ RODRÍGUEZ, en conjunto con los demás magistrados que integran en Máximo Tribunal, y la Coordinadora de la Sala de Seguimiento de los Tribunales Móviles Magistrada TANIA D´AMELIO CARDIET, han impulsado las jornadas de Tribunales Móviles en distintas comunidades del país.

CONSIDERANDO

Que la Juez Rectora del estado Bolivariano de Miranda, DRA. ZULAY BRAVO DURAN, en fecha dieciséis (16) de enero del año dos mil veinticinco (2025), a través de reunión vía telemática en la cual participó el Juez Coordinador del Trabajo de los Valles del Tuy, se planteó la continuación de las jornadas de Tribunales Móviles en distintas comunidades durante el año en curso.

CONSIDERANDO

Que la Coordinación Laboral Nacional presidida por el Magistrado DR. CARLOS ALEXIS CASTILLO ASCANIO, autorizó la designación de funcionarios para participar en la Jornada de Tribunal Móvil, actividad conjunta con la Coordinación de la Sala de Seguimiento de los Tribunales Móviles, presidida por la Magistrada DRA. TANIA D´AMELIO CARDIET, segunda Vicepresidenta del Tribunal Supremo de Justicia y Presidenta de la Sala Constitucional, a realizarse el día catorce (14) de febrero del año dos mil veinticinco (2025), desde las nueve de la mañana (09:00 a.m.), en la Unidad Educativa Nacional Cristóbal Rojas, ubicada en la Avenida Principal detrás del cementerio de Cúa, municipio Rafael Urdaneta, estado Bolivariano de Miranda.

CONSIDERANDO

Que este Circuito Laboral se compone por tres (03) Juzgados, siendo designados por ésta Coordinación Laboral del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, el DR. AMADO JUNIOR APONTE PAZ, en su condición de Juez del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, y DR. LUIS DANIEL BASTARDO PINTO, Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, de esta misma Circunscripción Judicial y Sede, para participar en la Jornada de Tribunal Móvil a realizarse el día viernes catorce (14) de febrero del año en curso; en consecuencia, esta Coordinación Laboral:

RESUELVE

NO DAR DESPACHO en los Juzgados (i) Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, y (ii) Primero de primera Instancia de Juicio del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Charallave, el día viernes catorce (14) de febrero del año dos mil veinticinco (2025); en consecuencia, no correrán los lapsos procesales en las causas que se tramitan en dichos Juzgados.

Se ordena publicar la presente Resolución en la página web del Tribunal Supremo de Justicia Región Miranda y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Charallave.

Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave, a los trece (13) días del mes de febrero de dos mil veinticinco (2024). CÚMPLASE.









DR. AMADO JUNIOR APONTE PAZ

JUEZ COORDINADOR LABORAL



AJAP/jv.-

 
Autor:
  DR. AMADO JUNIOR APONTE PAZ JUEZ COORDINADOR LABORAL
 
Fecha de Publicación:
  13/02/2025
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