Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
miércoles, 28 de mayo de 2025
RESOLUCIÓN No. 17-25 NO DAR DESPACHO, en ninguno de los Juzgados que integran este Circuito Judicial Laboral, es decir, (i) Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo; (ii) Juzgado Segundo de Primera Instancia
RESUELVE

PRIMERO: NO DAR DESPACHO, en ninguno de los Juzgados que integran este Circuito Judicial Laboral, es decir, (i) Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo; (ii) Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo; (iii) Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo; y (iv) Juzgado de Juicio Temporal de Primera Instancia del Trabajo, todos de esta misma Circunscripción Judicial y sede, el día viernes treinta (30) de mayo del año dos mil veinticinco (2025), dando cumplimiento a las instrucciones impartidas por la Coordinación Laboral Nacional; en consecuencia, no correrán los lapsos procesales en las causas que se tramitan en los Juzgados ut supra mencionados.

SEGUNDO: Para mantener la continuidad del Servicio Público de Administración de Justicia, esta Coordinación Laboral ACUERDA, que los Servidores Judiciales que se señalan a continuación se encuentran de guardia a Disposición, NO presencial:



NOMBRE CARGO

DR. LUIS DANIEL BASTARDO PINTO JUEZ DE JUICIO

ABG. LUZ ADRIANA MORENO RODRIGUEZ SECRETARIA

MANUEL ABRAHAN MACHADO BORGES ALGUACIL

MARVIN JOSÉ ARÉVALO HERRERA ASISTENTE DE TRIBUNALES



Se ordena la publicación de la presente Resolución en la página web del Tribunal Supremo de Justicia y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Charallave.

Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave a los veintiocho (28) días del mes de mayo del año dos mil veinticinco (2025). CUMPLASE.







Dr. AMADO JUNIOR APONTE PAZ.

JUEZ COORDINADOR LABORAL.



AJAP/jv.-

 


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE



RESOLUCIÓN No. 17-25

La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en uso de las atribuciones conferidas mediante Resolución Nro. 1475, de fecha 03/10/2003, en total concordancia con la Resolución Nro. 70, de fecha 27/08/2004, ambas emanadas de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura; dicta la presente Resolución para informar a todos los abogados, usuarios y público en general lo siguiente:

CONSIDERANDO

Que el Magistrado DR. CARLOS ALEXIS CASTILLO ASCANIO, Vicepresidente de la Sala de Casación Social y Coordinador Laboral Nacional, por medio de comunicación recibida a través de WhatsApp, informó que con ocasión a la celebración del Día del Trabajador Tribunalicio, el día jueves veintinueve (29) de mayo del presente año, es No Laborable según calendario judicial, y el día viernes treinta (30) del mismo mes, será no laborable dejando un personal de guardia a disposición; en consecuencia, esta Coordinación Laboral:

RESUELVE

PRIMERO: NO DAR DESPACHO, en ninguno de los Juzgados que integran este Circuito Judicial Laboral, es decir, (i) Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo; (ii) Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo; (iii) Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo; y (iv) Juzgado de Juicio Temporal de Primera Instancia del Trabajo, todos de esta misma Circunscripción Judicial y sede, el día viernes treinta (30) de mayo del año dos mil veinticinco (2025), dando cumplimiento a las instrucciones impartidas por la Coordinación Laboral Nacional; en consecuencia, no correrán los lapsos procesales en las causas que se tramitan en los Juzgados ut supra mencionados.

SEGUNDO: Para mantener la continuidad del Servicio Público de Administración de Justicia, esta Coordinación Laboral ACUERDA, que los Servidores Judiciales que se señalan a continuación se encuentran de guardia a Disposición, NO presencial:



NOMBRE CARGO

DR. LUIS DANIEL BASTARDO PINTO JUEZ DE JUICIO

ABG. LUZ ADRIANA MORENO RODRIGUEZ SECRETARIA

MANUEL ABRAHAN MACHADO BORGES ALGUACIL

MARVIN JOSÉ ARÉVALO HERRERA ASISTENTE DE TRIBUNALES



Se ordena la publicación de la presente Resolución en la página web del Tribunal Supremo de Justicia y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Charallave.

Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave a los veintiocho (28) días del mes de mayo del año dos mil veinticinco (2025). CUMPLASE.







Dr. AMADO JUNIOR APONTE PAZ.

JUEZ COORDINADOR LABORAL.



AJAP/jv.-

 
Autor:
  DR. AMADO JUNIOR APONTE PAZ JUEZ COORDINADOR LABORAL
 
Fecha de Publicación:
  28/05/2025
Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados