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lunes, 30 de junio de 2025
RESOLUCION No. 23-25 NO DAR DESPACHO en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave
RESUELVE

NO DAR DESPACHO en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, el día martes primero (1°) de julio del año dos mil veinticinco (2025), en consecuencia, no correrán los lapsos procesales durante dicho día.

Se ordena colocar la presente Resolución en la página web del Tribunal Supremo de Justicia y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave.

Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave, a los treinta (30) días del mes de junio del año dos mil veinticinco (2025). CÚMPLASE.







Dr. AMADO JUNIOR APONTE PAZ

JUEZ COORDINADOR LABORAL



AJAP/jv.-

 


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE



RESOLUCION No. 23-25

La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en uso de las atribuciones conferidas mediante Resolución Nro. 1475, de fecha 03/10/2003, en total concordancia con la Resolución Nro. 70, de fecha 27/08/2004, ambas emanadas de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura; dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General lo siguiente:

CONSIDERANDO

Que la DRA. MARY CARMEN CHACÓN ARROYO, Jueza del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, asistirá a consulta dermatológica martes primero (1°) de julio del año dos mil veinticinco (2025).

CONSIDERANDO

Que en virtud de la consulta dermatológica a la que acudirá la DRA. MARY CARMEN CHACÓN ARROYO, jueza del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del trabajo, durante el día martes primero (1°) de julio del presente año, no asistirá a su puesto de trabajo; en consecuencia, esta Coordinación Laboral:

RESUELVE

NO DAR DESPACHO en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, el día martes primero (1°) de julio del año dos mil veinticinco (2025), en consecuencia, no correrán los lapsos procesales durante dicho día.

Se ordena colocar la presente Resolución en la página web del Tribunal Supremo de Justicia y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave.

Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave, a los treinta (30) días del mes de junio del año dos mil veinticinco (2025). CÚMPLASE.







Dr. AMADO JUNIOR APONTE PAZ

JUEZ COORDINADOR LABORAL



AJAP/jv.-

 
Autor:
  JUEZ COORDINADOR DEL TRABAJO EN LOS VALLES DEL TUY
 
Fecha de Publicación:
  30/06/2025
Pagina Web:
  SI
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