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miércoles, 12 de noviembre de 2025
RESOLUCION No. 39-25 NO DAR DESPACHO en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial
RESUELVE
NO DAR DESPACHO en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, el día jueves trece (13) de noviembre del año dos mil veinticinco (2025), en consecuencia, no correrán los lapsos procesales durante dicho día.
Se ordena colocar la presente Resolución en la página web del Tribunal Supremo de Justicia y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave.
Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave, a los doce (12) días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco (2025). CÚMPLASE.
Dr. AMADO JUNIOR APONTE PAZ
JUEZ COORDINADOR LABORAL
AJAP/jv.-
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE
RESOLUCION No. 39-25
La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en uso de las atribuciones conferidas mediante Resolución Nro. 1475, de fecha 03/10/2003, en total concordancia con la Resolución Nro. 70, de fecha 27/08/2004, ambas emanadas de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura; dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General lo siguiente:
CONSIDERANDO
Que la DRA. MARY CARMEN CHACÓN ARROYO, Jueza del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, asistirá a consulta médica el día jueves trece (13) de noviembre del año en curso.
CONSIDERANDO
Que en virtud de la consulta médica a la que acudirá la DRA. MARY CARMEN CHACÓN ARROYO, Jueza del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del trabajo, durante el día jueves trece (13) de noviembre del presente año, no asistirá a su puesto de trabajo; en consecuencia, esta Coordinación Laboral:
RESUELVE
NO DAR DESPACHO en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, el día jueves trece (13) de noviembre del año dos mil veinticinco (2025), en consecuencia, no correrán los lapsos procesales durante dicho día.
Se ordena colocar la presente Resolución en la página web del Tribunal Supremo de Justicia y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave.
Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave, a los doce (12) días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco (2025). CÚMPLASE.
Dr. AMADO JUNIOR APONTE PAZ
JUEZ COORDINADOR LABORAL
AJAP/jv.-
Autor:
JUEZ COORDINADOR AMADO JUNIOR APONTE PAZ
Fecha de Publicación:
12/11/2025
Pagina Web:
SI
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