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lunes, 12 de noviembre de 2007
RESOLUCIÓN Nº 24
...PRIMERO: Que desde el día 12 de noviembre hasta el 16 de Noviembre del presente año ambas fechas inclusive No habrá despacho en el Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Guarenas, y a tal efecto, las causas permanecerán en suspenso y no correrán los lapsos procesales,
 
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL



COORDINACIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN

JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE

EN GUARENAS.



RESOLUCIÓN Nº 24.



La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Guarenas, representada por la Dra. Milagros Hernández Cabello, en uso de sus atribuciones:

CONSIDERANDO.

Que mediante resolución Nº 23, de fecha 11 de octubre de 2007, la coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Guarenas, resolvió no dar despacho en el período comprendido desde el día 15 de octubre hasta el 12 de Noviembre del presente año ambas fechas inclusive en el Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Guarenas, motivado a remodelación y mudanza de dicho tribunal.

CONSIDERANDO.

Que aun no se ha concluido con los trabajos de remodelación programados en esta sede judicial.

RESUELVE.

PRIMERO: Que desde el día 12 de noviembre hasta el 16 de Noviembre del presente año ambas fechas inclusive No habrá despacho en el Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Guarenas, y a tal efecto, las causas permanecerán en suspenso y no correrán los lapsos procesales, y que durante el lapso antes indicado, la Jueza, Secretaria y parte del personal Administrativo, estará laborando administrativamente en su nueva ubicación según la Resolución Nº 83 publicada en fecha 10 de Octubre, emanada de La Dirección Ejecutiva de la Magistratura y recibirá a través de la Unidad de Recepción y Distribución de Expedientes (URDD) de esta coordinación del Trabajo solo aquellas solicitudes que sean declaradas urgentes previa habilitación del Tribunal, tales como recepción de pagos pendientes, transacciones, y admisiones de demandas por eminente prescripción de la acción

.

SEGUNDO: Désele la mas amplia divulgación a la presente Resolución y publíquese en la pagina Wed correspondiente.



Dado, firmado y sellado en la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Guarenas, a los doce (12) días del mes de noviembre del año dos mil siete (2007). Años: 197° de la Independencia y 148° de la Federación.











DRA. MILAGROS HERNANDEZ.

COORDINADORA DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN

JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA

CON SEDE EN GUARENAS.

 
Autor:
  Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Guarenas
 
Fecha de Publicación:
  12/11/2007
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