Ir a Principal
Institucionales
  Noticias
  Eventos
  Servicios
  Directorio
  Enlaces
  Gestión Judicial
    Gestión
    Audiencias
    Gestión Detallada
  Decisiones
    Ultimas Decisiones
    Por Fecha
    Múltiples Criterios
    Por Tribunal
  Jurisprudencia
    Por Fecha
    Indice Temático
    Múltiples Criterios
  Audiencias
  Foros
lunes, 21 de septiembre de 2009
RESOLUCION N° 91
...NO DAR DESPACHO en el día de hoy, en los Tribunales que integran esta Coordinación del Trabajo.



SEGUNDO: Se informó a la Sala de Casación Social, Coordinación Nacional del Trabajo, del hecho ocurrido.





TERCERO: Asimismo se ordena la publicación de la presente Resolución en la Pagina WEB del Tribunal Supremo de Justicia, Región Miranda.



CUARTO: Que el personal deberá cumplir con la Jornada de trabajo establecida



 
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

COORDINACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA

CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA LOS TEQUES



RESOLUCION N° 91





La Coordinación Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Trabajo del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Los Teques, cumple con informar a todos los abogados, Usuarios y Público en General, el contenido de la presente Resolución:



CONSIDERANDO



Por cuanto en el día de hoy 21 de Septiembre de 2009, siendo las 6:30 a.m., haciendo acto de presencia a sus labores habituales la Dra. IVONNE GALINDEZ en su condición de Coordinadora Judicial del Trabajo, observó que en las instalaciones del Circuito se había presentado el rompimiento de una tubería de Aguas Blancas, originándose inundación dentro del Circuito, impidiendo la utilización de las instalaciones así como el uso de los equipos, verificándose daños materiales. En consecuencia esta Coordinación Laboral ha resuelto:



PRIMERO: NO DAR DESPACHO en el día de hoy, en los Tribunales que integran esta Coordinación del Trabajo.



SEGUNDO: Se informó a la Sala de Casación Social, Coordinación Nacional del Trabajo, del hecho ocurrido.





TERCERO: Asimismo se ordena la publicación de la presente Resolución en la Pagina WEB del Tribunal Supremo de Justicia, Región Miranda.



CUARTO: Que el personal deberá cumplir con la Jornada de trabajo establecida



Dado, firmado y sellado en la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con Sede en Los Teques, a los veintiún (21) días del mes de Septiembre de 2009. Años: 199° de la Independencia y 148° de la Federación.











DR. ADOLFO HAMDAN GONZALEZ

JUEZ COORDINADOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA LOS TEQUES.



AHG/abt



 
Autor:
  JUEZ COORDINADOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA LOS TEQUES
 
Fecha de Publicación:
  21/09/2009
Correo Electrónico
  Coordinaciónlaboral7@hotmail.com
Sitio web diseñado y desarrollado por la Gerencia de Informática y Telecomunicaciones del Tribunal Supremo de Justicia. Todos los Derechos Reservados