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lunes, 05 de abril de 2010
RESOLUCION Nº 111
...EXCLUIR de la DISTRIBUCION de las causas al Juzgado Octavo de Sustanciación Mediación y Ejecución del Circuito Judicial de Los Teques de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, a partir del día de hoy 05/04/2010, hasta tanto sea incorporada a sus labores habituales la Juez a cargo de dicho Juzgado.



SEGUNDO: Queda vigente el contenido de Resolución Nro. 108, emanada de esta Coordinación, la cual resolvió ¿¿NO DAR DESPACHO, en dicho Juzgado por lo que no se abrirán Audiencias, ni correrán los lapsos procesales en las causas que cursan en los proceso, en dicho Juzgado, motivado a la eventualidad presentada por la Juez.



 


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

COORDINACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA

CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA LOS TEQUES



RESOLUCION Nº 111



La Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Trabajo del Estado Miranda con sede en Los Teques, informa a todos los abogados, Usuarios y Público en General, lo siguiente:



CONSIDERANDO



Por cuanto la Dra. YUDITH GONZALEZ, Juez Provisorio del Juzgado OCTAVO de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial y Sede, le fue concedido REPOSO MEDICO, desde el día 26/03/2010 por la Dirección de Servicios Médicos de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, la cual impide su asistencia al Recinto Judicial. En consecuencia esta Coordinación en aras de de dar cumplimiento a los principios contemplados en la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y la Ley Orgánica procesal del Trabajo, como lo constituye el acceso a la Justicia de los Justiciables, y prestar una atención rápida a los asuntos presentados, se emite la presente Resolución:



RESUELVE:

PRIMERO: EXCLUIR de la DISTRIBUCION de las causas al Juzgado Octavo de Sustanciación Mediación y Ejecución del Circuito Judicial de Los Teques de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, a partir del día de hoy 05/04/2010, hasta tanto sea incorporada a sus labores habituales la Juez a cargo de dicho Juzgado.



SEGUNDO: Queda vigente el contenido de Resolución Nro. 108, emanada de esta Coordinación, la cual resolvió ¿¿NO DAR DESPACHO, en dicho Juzgado por lo que no se abrirán Audiencias, ni correrán los lapsos procesales en las causas que cursan en los proceso, en dicho Juzgado, motivado a la eventualidad presentada por la Juez.





Dado, firmado y sellado en la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con Sede en Los Teques, a los cinco (05) días del mes de Abril de 2010. Años: 199° de la Independencia y 150° de la Federación.





DR. ADOLFO HAMDAN GONZALEZ

JUEZ COORDINADOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA LOS TEQUES.

AHG/abt











 
Autor:
  JUEZ COORDINADOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA LOS TEQUES.
 
Fecha de Publicación:
  05/04/2010
Correo Electrónico
  Coordinacionlaboral7@hotmail.com
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