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jueves, 02 de diciembre de 2010
RESOLUCION 45, NO HABRA DESPACHO EN JUZGADO 4 DE JUICIO DE GUARENAS
"... RESUELVE
NO DAR DESPACHO en el Juzgado 4° de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Guarenas, los días 01, 02 y 03 de Diciembre de 2010. En tal sentido no se celebraran Audiencias, ni correrán los lapsos procesales en las causas que se encuentran en proceso, tomándose las medidas necesarias de acuerdo a las pautas establecidas, para ello, por la Juez del referido Juzgado del Trabajo. ..."
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
COORDINACIÓN DEL TRABAJO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO
DE MIRANDA CON SEDE EN GUARENAS
RESOLUCION Nº 45
La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, presidida por el Dr. Adolfo Hamdan González, Juez Coordinador encargado, por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en uso de sus facultades: informa a todos los abogados, Usuarios y Público en General, lo siguiente:
CONSIDERANDO
Que el Artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, establece que el acceso a la Administración de Justicia para los ciudadanos, constituye un principio fundamental para la sociedad Venezolana; y por cuanto en el nuevo proceso laboral, rigen los principios fundamentales de Brevedad y Celeridad procesal, previstos en los Artículos 2 y 3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
CONSIDERANDO
Que debido a las fuertes lluvias acaecidas en el Territorio Nacional, producidas por un fenómeno meteorológico, las cuales causaron estragos en la Ciudad de Caracas y el Estado Miranda, originando así la obstaculización de las vías de acceso a la ciudad de Guarenas, por vías terrestres.
CONSIDERANDO
Que la Juez Titular del Juzgado 4° de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Guarenas, Dra. María Natalia Pereira, reside en la población de Higuerote del Estado Bolivariano de Miranda, la cual fue sumamente afectada por este fenómeno meteorológico, lo que le ha imposibilitado su traslado a su sitio de trabajo, ante esta situación de fuerza mayor,
RESUELVE
NO DAR DESPACHO en el Juzgado 4° de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Guarenas, los días 01, 02 y 03 de Diciembre de 2010. En tal sentido no se celebraran Audiencias, ni correrán los lapsos procesales en las causas que se encuentran en proceso, tomándose las medidas necesarias de acuerdo a las pautas establecidas, para ello, por la Juez del referido Juzgado del Trabajo.
Asimismo se les informa a los usuarios que las audiencias que se encontraban programadas para celebrarse en los días antes indicados, serán reprogramadas mediante auto expreso, que se consignara en las respectivas causas.
Se ordena la publicación de la presente Resolución en la Pagina WEB del Tribunal Supremo de Justicia, Región Miranda.
Dado, firmado y sellado en la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, al segundo día del mes de diciembre del año dos mil Diez (2010). Años: 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
DR. ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
JUEZ COORDINADOR DEL TRABAJO (E).
Autor:
COORDINACION DEL TRABAJO DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN GUARENAS
Fecha de Publicación:
02/12/2010
Correo Electrónico
coordinaciondeltrabajoguarenas@gmail.com
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