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miércoles, 21 de diciembre de 2011
RESOLUCÌÒN Nº 18: NO DESPACHO CIRCUITO LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. CON SEDE EN CHARALLAVE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
COORDINACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE
RESOLUCION Nº 18
La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, presidida por el Dr. Adolfo Hamdan González, Juez designado, por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en sesión de fecha 15/10/2010, oficio Nro. CJ-10-2030, en uso de sus facultades dicta la presente Resolución para informar a todos los abogados, Usuarios y Público en General, lo siguiente:
CONSIDERANDO
Que de acuerdo al Calendario Oficial Judicial, el lapso comprendido entre el día Sábado Veinticuatro (24) de Diciembre de 2011 al Viernes Seis (06) de Enero de 2012, esta señalado como Vacaciones Judiciales, que impide la realización de las actividades ordinarias de Despacho de los Juzgados de este Circuito Judicial del Trabajo.
CONSIDERANDO
Que durante dicho lapso en este Circuito del Trabajo, no están fijadas ni Audiencias de Apelación de Juicio ni Audiencias Preliminares en el lapso comprendido desde el día Sábado Veinticuatro (24) de Diciembre del 2011, hasta el día Viernes Seis (06) de Enero del 2012 (ambos inclusive), siendo el caso que los días Jueves Veintidós (22) y Viernes Veintitrés (23) de Diciembre de 2.011, fueron decretados como no laborables por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia.
CONSIDERANDO
Que en aras de garantizar y proteger los derechos de los justiciables, de conformidad con los principios Constitucionales de Tutela Judicial Efectiva y acceso a la Justicia, durante el periodo mencionado
RESUELVE
PRIMERO: Aplicar un sistema de guardia de funcionarios judiciales desde el día Jueves Veintidós (22) de Diciembre de 2011 hasta el día Viernes seis (06) de Enero del 2012 (ambos inclusive) con la excepción de los días 31 de Diciembre del 2011, y 1° de Enero de 2011, y todo ello, con la finalidad de atender Amparos Constitucionales y solicitudes de los Justiciables en el mencionado periodo.
SEGUNDO: Las Guardias se llevaran a cabo a puertas abiertas con un Juez, Secretario y Alguacil, en el horario comprendido desde las 9: a.m., hasta las 2:30 p.m., de cada día.
TERCERO: Se ordena la publicación de la presente Resolución en la Cartelera del Circuito y Pagina WEB del Tribunal Supremo de Justicia, Región Miranda y enviar comunicación a la Coordinación Nacional del Trabajo.
Dado, firmado y sellado en la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Charallave, a los Veintiuno (21) días del mes de Diciembre del año dos mil Once (2011). Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
DR. ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
JUEZ COORDINADOR DEL TRABAJO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
COORDINACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE
RESOLUCION Nº 18
La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, presidida por el Dr. Adolfo Hamdan González, Juez designado, por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en sesión de fecha 15/10/2010, oficio Nro. CJ-10-2030, en uso de sus facultades dicta la presente Resolución para informar a todos los abogados, Usuarios y Público en General, lo siguiente:
CONSIDERANDO
Que de acuerdo al Calendario Oficial Judicial, el lapso comprendido entre el día Sábado Veinticuatro (24) de Diciembre de 2011 al Viernes Seis (06) de Enero de 2012, esta señalado como Vacaciones Judiciales, que impide la realización de las actividades ordinarias de Despacho de los Juzgados de este Circuito Judicial del Trabajo.
CONSIDERANDO
Que durante dicho lapso en este Circuito del Trabajo, no están fijadas ni Audiencias de Apelación de Juicio ni Audiencias Preliminares en el lapso comprendido desde el día Sábado Veinticuatro (24) de Diciembre del 2011, hasta el día Viernes Seis (06) de Enero del 2012 (ambos inclusive), siendo el caso que los días Jueves Veintidós (22) y Viernes Veintitrés (23) de Diciembre de 2.011, fueron decretados como no laborables por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia.
CONSIDERANDO
Que en aras de garantizar y proteger los derechos de los justiciables, de conformidad con los principios Constitucionales de Tutela Judicial Efectiva y acceso a la Justicia, durante el periodo mencionado
RESUELVE
PRIMERO: Aplicar un sistema de guardia de funcionarios judiciales desde el día Jueves Veintidós (22) de Diciembre de 2011 hasta el día Viernes seis (06) de Enero del 2012 (ambos inclusive) con la excepción de los días 31 de Diciembre del 2011, y 1° de Enero de 2011, y todo ello, con la finalidad de atender Amparos Constitucionales y solicitudes de los Justiciables en el mencionado periodo.
SEGUNDO: Las Guardias se llevaran a cabo a puertas abiertas con un Juez, Secretario y Alguacil, en el horario comprendido desde las 9: a.m., hasta las 2:30 p.m., de cada día.
TERCERO: Se ordena la publicación de la presente Resolución en la Cartelera del Circuito y Pagina WEB del Tribunal Supremo de Justicia, Región Miranda y enviar comunicación a la Coordinación Nacional del Trabajo.
Dado, firmado y sellado en la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Charallave, a los Veintiuno (21) días del mes de Diciembre del año dos mil Once (2011). Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
DR. ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
JUEZ COORDINADOR DEL TRABAJO
Autor:
Coordinaciòn del Trabajo de los Valles del Tuy. Charallave.-
Fecha de Publicación:
21/12/2011
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