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martes, 11 de junio de 2013
RESOLUCIÓN N° 50.- NO DESPACHO EN EL TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN CHARALLAVE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
COORDINACION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE
RESOLUCION No 50-13
La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, presidida por la Dra. Tania Rivas Sojo, Juez designada de forma verbal en fecha 05/06/2013, por el Magistrado Luís Eduardo Franceschi Gutiérrez, en su condición de Presidente de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia y Coordinador Nacional Laboral, tomando posesión del cargo de Jueza Coordinadora Laboral de este Circuito Judicial en fecha 11/06/2013, por ello en uso de sus facultades dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General, lo siguiente:
CONSIDERANDO
Que la Dra. Tania Rivas Sojo, Jueza del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial y sede, fue designada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia para conocer la causa signada con el número 612-12, (nomenclatura del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Los Teques).
CONSIDERANDO
Que vista la designación como Jueza Superior para conocer la causa antes referida, la Jueza Dra. Tania Rivas Sojo, debe rendir Juramento como Jueza Superior Accidental de la causa ut supra identificada, en fecha 12/06/2013, en la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia.
RESUELVE
NO DAR DESPACHO en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, el día miércoles 12/06/2013, en consecuencia, no correrán los lapsos procesales durante dicho día.
Se ordena colocar la presente Resolución en la página web del Tribunal Supremo de Justicia y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave.
Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave a los Once (11) días del mes de Junio del año Dos Mil Trece (2013).CUMPLASE.
Dra. TANIA RIVAS SOJO
JUEZA COORDINADORA LABORAL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
COORDINACION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE
RESOLUCION No 50-13
La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, presidida por la Dra. Tania Rivas Sojo, Juez designada de forma verbal en fecha 05/06/2013, por el Magistrado Luís Eduardo Franceschi Gutiérrez, en su condición de Presidente de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia y Coordinador Nacional Laboral, tomando posesión del cargo de Jueza Coordinadora Laboral de este Circuito Judicial en fecha 11/06/2013, por ello en uso de sus facultades dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General, lo siguiente:
CONSIDERANDO
Que la Dra. Tania Rivas Sojo, Jueza del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial y sede, fue designada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia para conocer la causa signada con el número 612-12, (nomenclatura del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Los Teques).
CONSIDERANDO
Que vista la designación como Jueza Superior para conocer la causa antes referida, la Jueza Dra. Tania Rivas Sojo, debe rendir Juramento como Jueza Superior Accidental de la causa ut supra identificada, en fecha 12/06/2013, en la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia.
RESUELVE
NO DAR DESPACHO en el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, el día miércoles 12/06/2013, en consecuencia, no correrán los lapsos procesales durante dicho día.
Se ordena colocar la presente Resolución en la página web del Tribunal Supremo de Justicia y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave.
Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave a los Once (11) días del mes de Junio del año Dos Mil Trece (2013).CUMPLASE.
Dra. TANIA RIVAS SOJO
JUEZA COORDINADORA LABORAL
Autor:
COORDINACIÓN LABORAL VALLES DEL TUY.
Fecha de Publicación:
11/06/2013
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