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viernes, 09 de agosto de 2013
RESOLUCION Nro. 177
... PRIMERO



Considerando que es deber ineludible de todo operador de Justicia garantizar al justiciable su derecho de acceso a los órganos de Justicia así como también al debido proceso y al derecho a la defensa, de conformidad con lo estatuido en los artículos 26 y 49 de la Republica Bolivariana, acuerda:





Que los Tribunales que integran esta Coordinación del Trabajo NO DESPACHARAN durante los días 12, 13, y 14 de Agosto del presente año, en los Juzgados que conforman este Circuito Judicial, Con el objeto de estar presente en dicho evento con carácter obligatorio los Jueces y Juezas de los mencionados Tribunales, se deja constancia que cada Tribunal, reprogramará las Audiencias por auto de esta misma fecha o el primer (1er.) día hábil siguiente al de hoy. Asimismo se declara día inhábil a los efectos de los lapsos procesales, de conformidad con lo previsto en el artículo 66 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y de acuerdo a dicho artículo los términos y lapsos que vencieran en el día inhábil se entenderán prorrogados para el primer (1°) día hábil siguiente.



SEGUNDO



Los funcionarios Judiciales Administrativos, deben permanecer en el Circuito del Trabajo, cumpliendo la jornada de trabajo ordinaria, desempeñando actividades administrativas, en el horario de 8:30 am. a 3:30 pm, estando en funcionamiento todas las Unidades Administrativas del Circuito.



TERCERO



No será suspendido el servicio público de administración de Justicia, acordándose la Recepción de demanda y correspondencias, distribuyéndose en el primer (1er) día hábil siguiente, manteniéndose abiertas al público las Oficinas del Circuito para cualquier información.



CUARTO



Se ordena la publicación de la presente Resolución en la Cartelera de la Coordinación del Trabajo de la Ciudad de Los Teques, así como en la Pagina WEB del Tribunal Supremo de Justicia, Región Miranda.





 
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



COORDINACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA

CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO MIRANDA LOS TEQUES



RESOLUCION Nro. 177



La Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Trabajo del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Los Teques, informa a todos los abogados, Usuarios y Público en General, lo siguiente:

CONSIDERANDO



Por cuanto se realizará en la Ciudad de Puerto Ordaz del Estado Bolívar, La III Convención de Jueces y Juezas del Trabajo, durante los días del 13 al 16 de Agosto de corriente año, debiendo asistir todos los Jueces y Juezas de este Circuito Judicial Laboral, esta Coordinación:



PRIMERO



Considerando que es deber ineludible de todo operador de Justicia garantizar al justiciable su derecho de acceso a los órganos de Justicia así como también al debido proceso y al derecho a la defensa, de conformidad con lo estatuido en los artículos 26 y 49 de la Republica Bolivariana, acuerda:





Que los Tribunales que integran esta Coordinación del Trabajo NO DESPACHARAN durante los días 12, 13, y 14 de Agosto del presente año, en los Juzgados que conforman este Circuito Judicial, Con el objeto de estar presente en dicho evento con carácter obligatorio los Jueces y Juezas de los mencionados Tribunales, se deja constancia que cada Tribunal, reprogramará las Audiencias por auto de esta misma fecha o el primer (1er.) día hábil siguiente al de hoy. Asimismo se declara día inhábil a los efectos de los lapsos procesales, de conformidad con lo previsto en el artículo 66 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y de acuerdo a dicho artículo los términos y lapsos que vencieran en el día inhábil se entenderán prorrogados para el primer (1°) día hábil siguiente.



SEGUNDO



Los funcionarios Judiciales Administrativos, deben permanecer en el Circuito del Trabajo, cumpliendo la jornada de trabajo ordinaria, desempeñando actividades administrativas, en el horario de 8:30 am. a 3:30 pm, estando en funcionamiento todas las Unidades Administrativas del Circuito.



TERCERO



No será suspendido el servicio público de administración de Justicia, acordándose la Recepción de demanda y correspondencias, distribuyéndose en el primer (1er) día hábil siguiente, manteniéndose abiertas al público las Oficinas del Circuito para cualquier información.



CUARTO



Se ordena la publicación de la presente Resolución en la Cartelera de la Coordinación del Trabajo de la Ciudad de Los Teques, así como en la Pagina WEB del Tribunal Supremo de Justicia, Región Miranda.





Dado firmado y sellado en la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques, a los nueve (09) días del Mes de Agosto del año dos mil trece (2013), Años 204° y 153° de la Federación.









Dr. ADOLFO HAMDAN GONZALEZ

JUEZ COORDINADOR DEL TRABAJO



AHG/abt





 
Autor:
  JUEZ COORDINADOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA LOS TEQUES
 
Fecha de Publicación:
  09/08/2013
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