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viernes, 15 de agosto de 2014
RESOLUCIÓN N° 13 RECTORIA CIVIL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

RECTORÍA CIVIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL

DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA





RESOLUCIÓN N° 13



La Rectoría Civil de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda con sede en Los Teques, a cargo del DR. ADOLFO HAMDAN GONZÁLEZ, en su condición de Juez Rector Civil, designado por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia en reunión de fecha 27 de mayo de 2013, mediante oficio N° CJ-13-1937, en cumplimiento a lo dispuesto en la Gaceta Oficial 310.904, Resolución N° 521 de fecha 24 de septiembre de 1999, donde establece la competencia de los Jueces Rectores Civiles de cada Circunscripción Judicial, informa a todos los abogados, usuarios y público en general, lo siguiente:



CONSIDERANDO

En atención a lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, el cual establece el derecho de toda persona natural habitante de la República, o de cualquier persona jurídica domiciliada en ésta, de solicitar ante los Tribunales competentes la restitución de cualquier situación jurídica infringida que viole el goce y el ejercicio de los derechos y garantías constitucionales, contempladas en la Constitución Bolivariana de Venezuela, mediante la acción de amparo constitucional.
 
CONSIDERANDO



Que en fecha 13 de agosto de 2014 la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, mediante resolución N° 2014-0026, decretó el Receso Judicial desde el día viernes 15 de agosto de 2014 hasta el día lunes 15 de septiembre de 2014.



CONSIDERANDO



Que este Despacho Rector dictó resolución N° 11 de fecha 14 de agosto de 2014, mediante la cual estableció expresamente los Tribunales que permanecerán de guardia durante el lapso de Receso Judicial, a los fines de garantizar el acceso a la justicia y la garantía del Debido Proceso en todas las actuaciones judiciales y administrativas, en acatamiento a lo establecido en el artículo primero de la resolución N° 2014-0026, de fecha 13 de agosto de 2014, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia.



CONSIDERANDO



Que en el artículo quinto de la resolución N° 2014-0026, de fecha 13 de agosto de 2014, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, faculta a quien suscribe para adoptar las medidas conducentes a garantizar el acceso a la justicia en la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda; ello de conformidad con los objetivos de la aludida resolución, dando así fiel cumplimiento a las directrices emanadas de la Sala antes mencionada.



RESUELVE



Autorizar a la DRA. LISETH MORA, en su condición de Juez del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, a los fines de que remita las causas que contengan acciones de amparo constitucional que se ventilan en el Juzgado que preside, al Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con el propósito de no paralizar su trámite ya que ambas dependencias judiciales poseen la misma competencia en razón al territorio; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.



En consecuencia, las causan que contengan acciones de amparo constitucional que cursan ante el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, deben ser remitidas de inmediato y con la urgencia del caso al Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda; ello en razón a las vacaciones de la DRA. LISETH MORA, con motivo del Receso Judicial decretado mediante la resolución antes mencionada.



Dada, firmada y sellada en el Despacho de la Rectoría Civil de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Miranda, con sede en Los Teques, a los quince (15) días del mes de agosto del año dos mil catorce (2014). Años 204° de la Independencia y 155° de la Federación.



DR. ADOLFO HAMDAN GONZÁLEZ

Juez Rector Civil de la Circunscripción del estado Bolivariano de Miranda

AHG/lemg.-

 
Autor:
  RECTORIA CIVIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
 
Fecha de Publicación:
  15/08/2014
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