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miércoles, 18 de marzo de 2015
RESOLUCIÓN 11-15.- NO DESPACHO EN EL TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN CHARALLAVE.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
COORDINACIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE
RESOLUCIÓN No 11-15
La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, presidida por la Dra. Tania Rivas Sojo, Jueza designada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en sesión de fecha 17/06/2013, según oficio Nro. CJ-13-1978 y debidamente Juramentada por ante la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 03/07/2013, por el uso de sus facultades dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General, lo siguiente:
CONSIDERANDO
Que la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en reunión de fecha veinte (20) de septiembre del año 2013, designó al Abogado AMADO JUNIOR APONTE PAZ, titular de la cédula de identidad número V- 15.891.988, como Juez Temporal para cubrir las faltas con motivo de permisos, reposos, vacaciones, inhibiciones y recusaciones de los Jueces y Juezas de los Tribunales del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, con sede en Charallave, cargo este aceptado por referido Abogado, quien fue debidamente juramentado por el Juez Rector Civil del Estado Bolivariano de Miranda en fecha siete (07) de Octubre del 2013.
CONSIDERANDO
Que esta Coordinación Laboral en fecha 08/01/2015, designó como Juez Suplente al Abogado AMADO JUNIOR APONTE PAZ, titular de la cédula de identidad número V- 15.891.988, a los fines de que funja como Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, desde el día jueves ocho (08) de Enero de 2015 hasta el día lunes diecinueve (19) de Enero de 2015, ambas fechas inclusive, o mientras dure el reposo de la DRA. KELLY ALEJANDRA SÁNCHEZ ACEVEDO, en su condición de Jueza Provisoria del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, quien se encuentra de reposo médico desde el 05/01/2015.
CONSIDERANDO
Que en fecha 04 de Marzo de 2015 el Abogado AMADO JUNIOR APONTE PAZ, Juez Temporal del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, solicitó permiso para el día jueves 19/03/2015, por cuanto debe realizar un viaje imprevisto.
RESUELVE
NO DAR DESPACHO en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, en fecha Jueves diecinueve (19) de Marzo de 2015, en consecuencia no correrán los lapsos procesales durante dicho día.
Se ordena colocar la presente Resolución en la página web del Tribunal Supremo de Justicia y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave.
Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave, a los Dieciocho (18) días del mes de Marzo del año Dos Mil Quince (2015). CÚMPLASE.
DRA. TANIA RIVAS SOJO
JUEZA COORDINADORA LABORAL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
COORDINACIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE
RESOLUCIÓN No 11-15
La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, presidida por la Dra. Tania Rivas Sojo, Jueza designada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en sesión de fecha 17/06/2013, según oficio Nro. CJ-13-1978 y debidamente Juramentada por ante la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 03/07/2013, por el uso de sus facultades dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General, lo siguiente:
CONSIDERANDO
Que la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en reunión de fecha veinte (20) de septiembre del año 2013, designó al Abogado AMADO JUNIOR APONTE PAZ, titular de la cédula de identidad número V- 15.891.988, como Juez Temporal para cubrir las faltas con motivo de permisos, reposos, vacaciones, inhibiciones y recusaciones de los Jueces y Juezas de los Tribunales del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, con sede en Charallave, cargo este aceptado por referido Abogado, quien fue debidamente juramentado por el Juez Rector Civil del Estado Bolivariano de Miranda en fecha siete (07) de Octubre del 2013.
CONSIDERANDO
Que esta Coordinación Laboral en fecha 08/01/2015, designó como Juez Suplente al Abogado AMADO JUNIOR APONTE PAZ, titular de la cédula de identidad número V- 15.891.988, a los fines de que funja como Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, desde el día jueves ocho (08) de Enero de 2015 hasta el día lunes diecinueve (19) de Enero de 2015, ambas fechas inclusive, o mientras dure el reposo de la DRA. KELLY ALEJANDRA SÁNCHEZ ACEVEDO, en su condición de Jueza Provisoria del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, quien se encuentra de reposo médico desde el 05/01/2015.
CONSIDERANDO
Que en fecha 04 de Marzo de 2015 el Abogado AMADO JUNIOR APONTE PAZ, Juez Temporal del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, solicitó permiso para el día jueves 19/03/2015, por cuanto debe realizar un viaje imprevisto.
RESUELVE
NO DAR DESPACHO en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, en fecha Jueves diecinueve (19) de Marzo de 2015, en consecuencia no correrán los lapsos procesales durante dicho día.
Se ordena colocar la presente Resolución en la página web del Tribunal Supremo de Justicia y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave.
Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave, a los Dieciocho (18) días del mes de Marzo del año Dos Mil Quince (2015). CÚMPLASE.
DRA. TANIA RIVAS SOJO
JUEZA COORDINADORA LABORAL
Autor:
COORDINACIÓN DEL TRABAJO EN LOS VALLES DEL TUY.
Fecha de Publicación:
18/03/2015
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