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viernes, 27 de marzo de 2015
RESOLUCION N° 006-2015
...NO DAR DESPACHO en el Juzgado Superior Primero del Trabajo de esta Circunscripción Judicial y sede, durante el día de hoy viernes 27 del año en curso, con motivo de la asistencia del Juez superior y Rector Civil en la dirección Ejecutiva de la Magistratura en virtud de atender asuntos administrativos que le conciernen; y por su asistencia al Foro Nacional de Difusión y Reflexión de la sentencia N° 100, donde se condenan las acciones injerencista del Congreso y del Ejecutivo de Estados Unidos de America, en el Tribunal Supremo de Justicia,



SEGUNDO: Asimismo se les informa a los usuarios que las audiencias programadas para celebrarse durante estos días en este Juzgado serán reprogramadas.

 
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO Y COORDINACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA LOS TEQUES

204° Y 154°



RESOLUCION N° 006-2015



La Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Trabajo del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Los Teques, en uso de las atribuciones conferidas mediante la Resolución de Sala Plena Nro. 1475 de fecha 03 de Octubre de 2003, dicta la presente Resolución para hacer del conocimiento a todos los abogados, Usuarios y Público en General, lo siguiente:



CONSIDERANDO



Por cuanto en el día de hoy 27 de marzo de 2015, el Dr. ADOLFO HAMDAN GONZALEZ, en su condición de Juez Superior del Trabajo, no puede hacer acto de presencia en la sede del Juzgado bajo su regencia durante el día de hoy, por encontrarse en actividades administrativas de la Rectoría Civil en la dirección Ejecutiva de la Magistratura en virtud de atender asuntos administrativos que le conciernen; y por su asistencia al Foro Nacional de Difusión y Reflexión de la sentencia N° 100, donde se condenan las acciones injerencista del Congreso y del Ejecutivo de Estados Unidos de America, en el Tribunal Supremo de Justicia, tal como lo indica la norma contenida con el Artículo 31 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. En consecuencia esta coordinación ha resuelto:



CONSIDERANDO

Que es deber ineludible de todo operador de Justicia Garantizar y mantener al Justiciable su derecho de ser informado y de acceso a los órganos de Justicia, así como también a observar el debido proceso y al derecho a la defensa de conformidad con lo estatuido en los artículos 29 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.



PRIMERO: NO DAR DESPACHO en el Juzgado Superior Primero del Trabajo de esta Circunscripción Judicial y sede, durante el día de hoy viernes 27 del año en curso, con motivo de la asistencia del Juez superior y Rector Civil en la dirección Ejecutiva de la Magistratura en virtud de atender asuntos administrativos que le conciernen; y por su asistencia al Foro Nacional de Difusión y Reflexión de la sentencia N° 100, donde se condenan las acciones injerencista del Congreso y del Ejecutivo de Estados Unidos de America, en el Tribunal Supremo de Justicia,



SEGUNDO: Asimismo se les informa a los usuarios que las audiencias programadas para celebrarse durante estos días en este Juzgado serán reprogramadas.



TERCERO Con el fin de dar la mayor información posible, se ordena la publicación de la presente Resolución en la Pagina WEB del Tribunal Supremo de Justicia, Región Miranda, así como la colocación de la presente Resolución en la cartelera del Tribunal.



Dado, firmado y sellado en la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con Sede en Los Teques, a los veintisiete (27) días del Mes de marzo del año dos mil quince (2015). Años: 204° de la Independencia y 156° de la Federación.









DR. ADOLFO HAMDAN GONZALEZ

JUEZ COORDINADOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA LOS TEQUES.

AHG/abt







 
Autor:
  COORDINACION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA LOS TEQUES
 
Fecha de Publicación:
  27/03/2015
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