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lunes, 04 de mayo de 2015
RESOLUCIÓN N° 15-15.- HORARIO DE TRABAJO COMO MEDIDA TEMPORAL GENERADA POR LA SITUACIÓN A NIVEL NACIONAL EN MATERIA AMBIENTAL Y DE ENERGÍA ELÉCTRICA.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE
RESOLUCIÓN No 15-15
La Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, presidida por la Dra. Tania Rivas Sojo, Jueza designada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en sesión de fecha 17/06/2013, según oficio Nro. CJ-13-1978 y debidamente Juramentada por ante la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 03/07/2013, por el uso de sus facultades dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General, lo siguiente:
CONSIDERANDO
Que el Ejecutivo Nacional por razones de interés nacional, ha decidido tomar varias acciones destinadas a incrementar el ahorro de energía eléctrica, dentro de las cuales se encuentra ordenar que la mayor parte de la administración pública nacional pase a trabajar seis horas continuas, y exhortar al sector público y privado a que tome las medidas necesarias para garantizar el uso racional de la energía eléctrica.
CONSIDERANDO
Que en atención a lo contenido en el artículo primero de la RESOLUCION Nro. 2015-0009, de fecha 29 de Abril del corriente año, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia Todos los funcionarios judiciales, ejecutivos, administrativos y obreros de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, Inspectoría General de Tribunales, Escuela Nacional de la Magistratura, Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, Tribunales con competencia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Agrarios, Marítimos, Laborales, Contenciosos Administrativos, Contenciosos Tributarios, Penales Ordinarios, Penales Municipales, Responsabilidad Penal de Adolescentes y Juzgados con competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer, Económicos y Antiterroristas de todo el territorio nacional de la República Bolivariana de Venezuela, laborarán en el horario comprendido de 8:00 a.m. a 1:00 p.m., a partir del 29/04/2015, y como medida temporal generada por la situación a nivel nacional en materia ambiental y de energía eléctrica.
CONSIDERANDO
Que la Rectoría Civil del Estado Bolivariano de Miranda mediante Resolución Nro. 001-2015, resuelve en sus particulares primero y segundo:
“Primero: Mantener la hora de Despacho del día de hoy hasta la 3:30 p.m., por el decreto de Ley.
Segundo: En acatamiento al nuevo horario establecido para funcionamiento de los juzgados de 8:00 a.m. a 1:00 p.m., serán reprogramadas todas las audiencias tanto preliminares como de juicio y Superiores para su realización dentro del Nuevo horario.”.
RESUELVE
PRIMERO: Mantener la hora de Despacho del día de hoy hasta la 3:30 p.m., por el decreto de Ley.
SEGUNDO: En cumplimiento al nuevo horario todos los funcionarios judiciales, administrativos y obreros adscritos a esta Circunscripción Judicial del Trabajo, laborarán en el horario comprendido de 8:00 a.m. a 1:00 p.m., a partir del 05/05/2015, como medida temporal generada por la situación a nivel nacional en materia ambiental y de energía eléctrica.
TERCERO: Que en cumplimiento al horario de 8:00 a.m. a 1:00 pm. establecido para el funcionamiento de los juzgados, las audiencias de los Tribunales que conforman esta Coordinación del Trabajo serán reprogramadas para su realización dentro del horario comprendido de 8:00 am a 1:00 pm . En consecuencia se insta a los abogados y público en general a que, a partir de la presente fecha efectúen sus actuaciones y diligencia en el horario de despacho antes señalado.
Se ordena la publicación de la presente Resolución en la cartelera de este Circuito Judicial y en la página web del Tribunal Supremo de Justicia, Región Miranda.
Dada, firmada y sellada en la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, a los Cuatro
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE
RESOLUCIÓN No 15-15
La Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, presidida por la Dra. Tania Rivas Sojo, Jueza designada por la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, en sesión de fecha 17/06/2013, según oficio Nro. CJ-13-1978 y debidamente Juramentada por ante la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 03/07/2013, por el uso de sus facultades dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General, lo siguiente:
CONSIDERANDO
Que el Ejecutivo Nacional por razones de interés nacional, ha decidido tomar varias acciones destinadas a incrementar el ahorro de energía eléctrica, dentro de las cuales se encuentra ordenar que la mayor parte de la administración pública nacional pase a trabajar seis horas continuas, y exhortar al sector público y privado a que tome las medidas necesarias para garantizar el uso racional de la energía eléctrica.
CONSIDERANDO
Que en atención a lo contenido en el artículo primero de la RESOLUCION Nro. 2015-0009, de fecha 29 de Abril del corriente año, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia Todos los funcionarios judiciales, ejecutivos, administrativos y obreros de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, Inspectoría General de Tribunales, Escuela Nacional de la Magistratura, Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, Tribunales con competencia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Agrarios, Marítimos, Laborales, Contenciosos Administrativos, Contenciosos Tributarios, Penales Ordinarios, Penales Municipales, Responsabilidad Penal de Adolescentes y Juzgados con competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer, Económicos y Antiterroristas de todo el territorio nacional de la República Bolivariana de Venezuela, laborarán en el horario comprendido de 8:00 a.m. a 1:00 p.m., a partir del 29/04/2015, y como medida temporal generada por la situación a nivel nacional en materia ambiental y de energía eléctrica.
CONSIDERANDO
Que la Rectoría Civil del Estado Bolivariano de Miranda mediante Resolución Nro. 001-2015, resuelve en sus particulares primero y segundo:
“Primero: Mantener la hora de Despacho del día de hoy hasta la 3:30 p.m., por el decreto de Ley.
Segundo: En acatamiento al nuevo horario establecido para funcionamiento de los juzgados de 8:00 a.m. a 1:00 p.m., serán reprogramadas todas las audiencias tanto preliminares como de juicio y Superiores para su realización dentro del Nuevo horario.”.
RESUELVE
PRIMERO: Mantener la hora de Despacho del día de hoy hasta la 3:30 p.m., por el decreto de Ley.
SEGUNDO: En cumplimiento al nuevo horario todos los funcionarios judiciales, administrativos y obreros adscritos a esta Circunscripción Judicial del Trabajo, laborarán en el horario comprendido de 8:00 a.m. a 1:00 p.m., a partir del 05/05/2015, como medida temporal generada por la situación a nivel nacional en materia ambiental y de energía eléctrica.
TERCERO: Que en cumplimiento al horario de 8:00 a.m. a 1:00 pm. establecido para el funcionamiento de los juzgados, las audiencias de los Tribunales que conforman esta Coordinación del Trabajo serán reprogramadas para su realización dentro del horario comprendido de 8:00 am a 1:00 pm . En consecuencia se insta a los abogados y público en general a que, a partir de la presente fecha efectúen sus actuaciones y diligencia en el horario de despacho antes señalado.
Se ordena la publicación de la presente Resolución en la cartelera de este Circuito Judicial y en la página web del Tribunal Supremo de Justicia, Región Miranda.
Dada, firmada y sellada en la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, a los Cuatro
Autor:
COORDINACIÓN DEL TRABAJO EN LOS VALLES DEL TUY.
Fecha de Publicación:
04/05/2015
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