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viernes, 24 de febrero de 2017
RESOLUCIÓN N° 06-17.- NO DESPACHO EN EL TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN CHARALLAVE.




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE



RESOLUCION No 06-17



La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en uso de las atribuciones conferidas mediante Resolución Nro. 1475, de fecha 03/10/2003, en total concordancia con la Resolución Nro. 70, de fecha 27/08/2004, ambas emanadas de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura; dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General lo siguiente:



CONSIDERANDO



Que la Dra. TANIA RIVAS SOJO, Jueza del Juzgado Primero de Primera Instancia de JUICIO del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, no asistió a su puesto de trabajo, el día de hoy Viernes Veinticuatro (24) de Febrero de 2017, por cuanto se le presentó una emergencia médica familiar.



RESUELVE



NO DAR DESPACHO en el Juzgado Primero de Primera Instancia de JUICIO del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, en la presente fecha Viernes Veinticuatro (24) de Febrero de 2017, en consecuencia no correrán los lapsos procesales durante dicho día.



Se ordena colocar la presente Resolución en la página web del Tribunal Supremo de Justicia y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave.



Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave, a los Veinticuatro (24) día del Mes de Febrero de dos mil diecisiete (2017). CUMPLASE.







DRA. TANIA RIVAS SOJO

JUEZA COORDINADORA LABORAL



 




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE



RESOLUCION No 06-17



La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en uso de las atribuciones conferidas mediante Resolución Nro. 1475, de fecha 03/10/2003, en total concordancia con la Resolución Nro. 70, de fecha 27/08/2004, ambas emanadas de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura; dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General lo siguiente:



CONSIDERANDO



Que la Dra. TANIA RIVAS SOJO, Jueza del Juzgado Primero de Primera Instancia de JUICIO del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, no asistió a su puesto de trabajo, el día de hoy Viernes Veinticuatro (24) de Febrero de 2017, por cuanto se le presentó una emergencia médica familiar.



RESUELVE



NO DAR DESPACHO en el Juzgado Primero de Primera Instancia de JUICIO del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, en la presente fecha Viernes Veinticuatro (24) de Febrero de 2017, en consecuencia no correrán los lapsos procesales durante dicho día.



Se ordena colocar la presente Resolución en la página web del Tribunal Supremo de Justicia y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave.



Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave, a los Veinticuatro (24) día del Mes de Febrero de dos mil diecisiete (2017). CUMPLASE.







DRA. TANIA RIVAS SOJO

JUEZA COORDINADORA LABORAL



 
Autor:
  COORDINACIÓN DEL TRABAJO EN LOS VALLES DEL TUY.
 
Fecha de Publicación:
  24/02/2017
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