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sábado, 30 de diciembre de 2017
RESOLUCIÓN Nº 069-2017, NO DESPACHO EN EL JUZG. 3º DE S.M.E.
Primero: NO DAR DESPACHO, el días Viernes primero (01) de Diciembre de 2017, en el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial y Sede, en virtud del permiso solicitado por la Juez INDIRA CARDOZO.

Segundo: Se les informa a los usuarios que las audiencias programadas para celebrarse en este Juzgado serán reprogramadas.-

Tercero.- informar de este acuerdo a la Coordinación Nacional del Trabajo de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, la publicación de la presente Resolución en la Pagina WEB del Tribunal Supremo de Justicia, Región Miranda y en la Cartelera del Tribunal.



 
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



COORDINACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA

CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA LOS TEQUES



RESOLUCIÓN Nº 069-2017



La Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Trabajo del Estado Miranda con sede en Los Teques, en uso de las atribuciones conferidas mediante la Resolución de Sala Plena Nro. 1475 de fecha 03 de Octubre de 2003, dicta la presente Resolución e informa a todos los abogados, Usuarios y Público en General, lo siguiente:



CONSIDERANDO



Por cuanto en el día de hoy Jueves treinta (30) de Noviembre de 2017, la Juez del Juzgado Tercero de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, ciudadana Dra. INDIRA CARDOZO, solicitó permiso para realizar actividades de tipo personal que requieren su presencia, hecho este que produce la imposibilidad de hacer acto de presencia en la sede del Juzgado bajo su regencia, durante el día Viernes primero (01) de Diciembre del presente año, lo cual le impiden abrir el Despacho tal como lo exige la norma contenida con el Artículo 31 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-



CONSIDERANDO



Que es deber ineludible de todo operador de Justicia Garantizar y mantener al Justiciable su derecho de acceso a los órganos de Justicia, así como también al debido proceso y al derecho a la defensa de conformidad con lo estatuido en los artículos 29 y 49 de la República Bolivariana



RESUELVE



Primero: NO DAR DESPACHO, el días Viernes primero (01) de Diciembre de 2017, en el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial y Sede, en virtud del permiso solicitado por la Juez INDIRA CARDOZO.



Segundo: Se les informa a los usuarios que las audiencias programadas para celebrarse en este Juzgado serán reprogramadas.-



Tercero.- informar de este acuerdo a la Coordinación Nacional del Trabajo de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, la publicación de la presente Resolución en la Pagina WEB del Tribunal Supremo de Justicia, Región Miranda y en la Cartelera del Tribunal.



Dado, firmado y sellado en la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con Sede en Los Teques, a los treinta (30) días del mes de Noviembre del año dos mil diecisiete (2017) Años: 207° de la Independencia y 158° de la Federación.









DR. ADOLFO HAMDAN GONZALEZ

JUEZ COORDINADOR DEL TRABAJO

 
Autor:
  COORDINACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA LOS TEQUES
 
Fecha de Publicación:
  30/12/2017
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