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martes, 07 de noviembre de 2017
RESOLUCIÓN Nº 057-2017, NO DAR DESPACHO, en el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial y Sede
Primero: NO DAR DESPACHO, en el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial y Sede, el día Martes 07 y Miércoles 08 de noviembre del presente año, motivado a que fue notificada de su traslado como Jueza Provisoria del Juzgado 38º de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, En tal sentido no se abrirán Audiencias, ni correrán los lapsos procesales en las causas que siguen en proceso, tomándose las medidas de acuerdo a las pautas establecidas, oficiando para ello.

Segundo: Se les informa a los usuarios que las audiencias programadas para celebrarse en este Juzgado serán reprogramadas.

Tercero: A los fines de no causar retardo en la Administración de Justicia y habida que el lapso de inasistencia de la Juez no supera los cinco (5) días sin Despacho, se debe incorporar al Sistema de Distribución los Asuntos ingresados –

Cuarto: Informar de este acuerdo a la Coordinación Nacional del Trabajo de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, la publicación de la presente Resolución en la Pagina WEB del Tribunal Supremo de Justicia, Región Miranda y en la Cartelera del Tribunal.
 
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

COORDINACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA

CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA LOS TEQUES



RESOLUCIÓN Nº 057 - 2017



La Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Trabajo del Estado Miranda con sede en Los Teques, en uso de las atribuciones conferidas mediante la Resolución de Sala Plena Nro. 1475 de fecha 03 de Octubre de 2003, dicta la presente Resolución e informa a todos los abogados, Usuarios y Público en General, lo siguiente:



CONSIDERANDO



Por cuanto la Juez del Juzgado OCTAVO de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, ciudadana Dra. YUDITH GONZALEZ, fue notificada de su traslado por la Dirección Ejecutiva de la Magistratura DEM, hecho este que produce la imposibilidad de hacer acto de presencia en la sede del Juzgado bajo su regencia, lo cual le impiden abrir el Despacho tal como lo exige la norma contenida con el Artículo 31 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.-



CONSIDERANDO



Que es deber ineludible de todo operador de Justicia Garantizar y mantener al Justiciable su derecho de acceso a los órganos de Justicia, así como también al debido proceso y al derecho a la defensa de conformidad con lo estatuido en los artículos 29 y 49 de la República Bolivariana.



RESUELVE



Primero: NO DAR DESPACHO, en el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial y Sede, el día Martes 07 y Miércoles 08 de noviembre del presente año, motivado a que fue notificada de su traslado como Jueza Provisoria del Juzgado 38º de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, En tal sentido no se abrirán Audiencias, ni correrán los lapsos procesales en las causas que siguen en proceso, tomándose las medidas de acuerdo a las pautas establecidas, oficiando para ello.



Segundo: Se les informa a los usuarios que las audiencias programadas para celebrarse en este Juzgado serán reprogramadas.



Tercero: A los fines de no causar retardo en la Administración de Justicia y habida que el lapso de inasistencia de la Juez no supera los cinco (5) días sin Despacho, se debe incorporar al Sistema de Distribución los Asuntos ingresados –



Cuarto: Informar de este acuerdo a la Coordinación Nacional del Trabajo de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia, la publicación de la presente Resolución en la Pagina WEB del Tribunal Supremo de Justicia, Región Miranda y en la Cartelera del Tribunal.



Dado, firmado y sellado en la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con Sede en Los Teques, a los siete (07) días del mes de Noviembre del año dos mi diecisiete (2017) Años: 207° de la Independencia y 158° de la Federación.











DR. ADOLFO HAMDAN GONZALEZ

JUEZ COORDINADOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA LOS TEQUES.

 
Autor:
  COORDINACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA LOS TEQUES
 
Fecha de Publicación:
  07/11/2017
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