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lunes, 11 de marzo de 2019
RESOLUCIÓN Nº 13-19.- NO DESPACHO EN EL CIRCUITO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN CHARALLAVE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE
RESOLUCIÓN Nº 13-19
La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en uso de las atribuciones conferidas mediante Resolución Nro. 1475, de fecha 03/10/2003, en total concordancia con la Resolución Nro. 70, de fecha 27/08/2004, ambas emanadas de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura; dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General lo siguiente:
CONSIDERANDO
Que el Ministro del Poder Popular para la Comunicación y la Información, Dr. Jorge Rodríguez, anunció este Domingo Diez (10) de Marzo de 2019, durante Cadena Nacional de Radio y Televisión, que el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela Nicolás Maduro Moros, ha decidido decretar como NO LABORABLE el día Lunes Once (11) de Marzo del Año Dos Mil Diecinueve (2019), ante la contingencia que se ha presentado a Nivel Nacional por las Fallas de Energía Eléctrica.
CONSIDERANDO
Que de acuerdo a las directrices impartidas por la Coordinación Nacional Laboral a través de la cual informó acatar lo establecido por la Presidencia de la República Bolivariana de Venezuela; en consecuencia, esta Coordinación Laboral:
RESUELVE
NO DAR DESPACHO, en ninguno de los Juzgados que integran éste Circuito Judicial Laboral, es decir, el Juzgado 1º de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución (SME), Juzgado 2º de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución (SME) y Juzgado 1º de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, el día Lunes Once (11) de Marzo del año Dos Mil Diecinueve (2019), dando cumplimiento a lo anunciado por el Ministro del Poder Popular para la Comunicación y la Información.
Se ordena la publicación de la presente Resolución en la cartelera de este Circuito Judicial y en la página web del Tribunal Supremo de Justicia, Región Miranda.
Dada, firmada y sellada en la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, a los Once (11) días del mes de Marzo del año Dos Mil Diecinueve (2019). C Ú MPLASE.
DR. LUIS DANIEL BASTARDO PINTO
JUEZ COORDINADOR LABORAL EN LOS VALLES DEL TUY
LDBP/er
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE
RESOLUCIÓN Nº 13-19
La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en uso de las atribuciones conferidas mediante Resolución Nro. 1475, de fecha 03/10/2003, en total concordancia con la Resolución Nro. 70, de fecha 27/08/2004, ambas emanadas de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura; dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General lo siguiente:
CONSIDERANDO
Que el Ministro del Poder Popular para la Comunicación y la Información, Dr. Jorge Rodríguez, anunció este Domingo Diez (10) de Marzo de 2019, durante Cadena Nacional de Radio y Televisión, que el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela Nicolás Maduro Moros, ha decidido decretar como NO LABORABLE el día Lunes Once (11) de Marzo del Año Dos Mil Diecinueve (2019), ante la contingencia que se ha presentado a Nivel Nacional por las Fallas de Energía Eléctrica.
CONSIDERANDO
Que de acuerdo a las directrices impartidas por la Coordinación Nacional Laboral a través de la cual informó acatar lo establecido por la Presidencia de la República Bolivariana de Venezuela; en consecuencia, esta Coordinación Laboral:
RESUELVE
NO DAR DESPACHO, en ninguno de los Juzgados que integran éste Circuito Judicial Laboral, es decir, el Juzgado 1º de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución (SME), Juzgado 2º de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución (SME) y Juzgado 1º de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, el día Lunes Once (11) de Marzo del año Dos Mil Diecinueve (2019), dando cumplimiento a lo anunciado por el Ministro del Poder Popular para la Comunicación y la Información.
Se ordena la publicación de la presente Resolución en la cartelera de este Circuito Judicial y en la página web del Tribunal Supremo de Justicia, Región Miranda.
Dada, firmada y sellada en la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, a los Once (11) días del mes de Marzo del año Dos Mil Diecinueve (2019). C Ú MPLASE.
DR. LUIS DANIEL BASTARDO PINTO
JUEZ COORDINADOR LABORAL EN LOS VALLES DEL TUY
LDBP/er
Autor:
COORDINACIÓN DEL TRABAJO EN LOS VALLES DEL TUY
Fecha de Publicación:
11/03/2019
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