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jueves, 12 de agosto de 2010
RESOLUCIÓN RECTORIA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA (CONTINUACIÓN)
...La Jueza Rectora del Estado Bolivariano de Miranda, en cumplimiento a la Resolución N° 2010-0033, de fecha 11 de Agosto de 2010, dictada por Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, corresponde a los Jueces Rectores, garantizar el acceso a los órganos de administración de Justicia...
 
TERCERO: Los Juzgados de los Municipios Tomas Lander, Cristóbal Rojas, Paz Castillo, Urdaneta y Simón Bolívar e Independencia, permanecerán en sus actividades normales en lo atinente a los asuntos con competencia en materia de Responsabilidad Penal del Adolescente, es decir, que correrán los lapsos procesales.

CUARTO: En materia de Amparo Constitucional los jueces están en la obligación de tramitar y sentenciar los procesos respectivos.

QUINTO: Este Despacho Rector así como los Coordinadores de los Circuitos Judiciales de protección de Niños, Niñas y Adolescentes quedan facultados para la adopción de las medidas conducentes a garantizar el acceso a la justicia de esta Circunscripción Judicial.

SEXTO: Los jueces suplentes, que actúen como sustitutos en el tiempo señalado, no podrán dictar sentencias definitivas ni interlocutorias, salvo lo dispuesto en el párrafo anterior, Los jueces que no hayan cumplido un año (1) de ejercicio en el cargo, laborarán durante el receso y permanecerán de guardia durante el período a que se refiere la presente Resolución.

SÉPTIMO: Se ordena remitir copia de la presente Resolución a la Comisión Judicial, a la Sala de Casación Civil, Sala de Casación Social, Sala de Casación Penal, a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, así como la publicación en el portal electrónico del Estado Bolivariano de Miranda.

Todo lo no previsto en la presente resolución será resuelto por la Comisión Judicial.

Es propicia la oportunidad para agradecerles todo el esfuerzo desempeñado en el ejercicio de sus cargos.

Comuníquese y publíquese

Dada, firmada y sellada en la Sede de la Rectoría Civil del Estado Bolivariano de Miranda, en el día de hoy doce (12) de Agosto de dos mil diez (2010). Año 200° y 151°

Atentamente





Dra. MARINA OJEDA BRICEÑO

Jueza Rectora del Estado Bolivariano de Miranda

 
Autor:
  RECTORIA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
 
Fecha de Publicación:
  12/08/2010
Correo Electrónico
  rectoriademiranda@yahoo.com
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