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lunes, 11 de abril de 2011
RESOLUCION Nº 130
...No dar Despacho en el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, por el lapso del reposo médico de la Juez, el cual comprende los días hábiles siguientes: Lunes once (11) de Abril; Martes doce (12) de Abril; Miércoles Trece (13) de Abril y Jueves catorce (14) de Abril del año 2011, asimismo, debe dejarse establecido que durante los días no hábiles, no se realizaran ninguna actuación procesal, audiencia, ni correrán los lapsos procesales en las causas que tienen bajo su conducción dicho Juzgado.







RESUELVE



Dar la mayor publicidad posible a la presente Resolución, con vista a mantener la aplicación de los principios Constitucionales de la Tutela Jurídica efectiva y el acceso a la justicia, como fines del Estado Social de Derecho y de Justicia.



Asimismo, se les informa a los usuarios que las audiencias programadas para celebrarse en este Juzgado serán reprogramadas.



Se ordena la publicación de la presente Resolución en la Pagina WEB del Tribunal Supremo de Justicia, Región Miranda.



 
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO Y COORDINACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA

CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA LOS TEQUES

200° Y 151°

RESOLUCION Nº 130



La Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Trabajo del Estado Miranda con sede en Los Teques, emite la presente Resolución para informar a todos los abogados, Usuarios y Público en General, lo siguiente:



CONSIDERANDO

Por cuanto la ciudadana Abogado María de Lourdes Faria, titular de la Cédula de Identidad N° 12.828.706, quien se desempeña como Juez del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, de este Circuito Judicial del Trabajo ha sido objeto de la prescripción de Reposo médico por presentar quebrantos de salud, debiendo cumplirlo por el lapso del viernes 08 de abril hasta el 14 de Abril del presente año.



CONSIDERANDO



Que este hecho produce la imposibilidad de hacer acto de presencia en la sede del Juzgado bajo su regencia, tal como lo exige la norma contenida con el Artículo 31 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

RESUELVE



No dar Despacho en el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, por el lapso del reposo médico de la Juez, el cual comprende los días hábiles siguientes: Lunes once (11) de Abril; Martes doce (12) de Abril; Miércoles Trece (13) de Abril y Jueves catorce (14) de Abril del año 2011, asimismo, debe dejarse establecido que durante los días no hábiles, no se realizaran ninguna actuación procesal, audiencia, ni correrán los lapsos procesales en las causas que tienen bajo su conducción dicho Juzgado.







RESUELVE



Dar la mayor publicidad posible a la presente Resolución, con vista a mantener la aplicación de los principios Constitucionales de la Tutela Jurídica efectiva y el acceso a la justicia, como fines del Estado Social de Derecho y de Justicia.



Asimismo, se les informa a los usuarios que las audiencias programadas para celebrarse en este Juzgado serán reprogramadas.



Se ordena la publicación de la presente Resolución en la Pagina WEB del Tribunal Supremo de Justicia, Región Miranda.



Dado, firmado y sellado en la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con Sede en Los Teques, a los once (11) días mes de Abril del año dos mil once (2011). Años: 200° de la Independencia y 151° de la Federación.











DR. ADOLFO HAMDAN GONZALEZ

JUEZ COORDINADOR DEL TRABAJO



AHG/lm*.







 
Autor:
  JUEZ COORDINADOR DEL TRABAJO DE LOS TEQUES
 
Fecha de Publicación:
  11/04/2011
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