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martes, 31 de mayo de 2011
RESOLUCIÓN
...La Jueza Rectora del Estado Bolivariano de Miranda, en aras de dar cumplimiento con los establecido en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a los fines de establecer los lineamientos que deben seguirse en la distribución de las causa que cursan en los Tribunales de Municipio adscritos a la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda ubicados en Valles del Tuy, que además conocen Materia de Responsabilidad Penal de Adolescentes en cuyos expedientes la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Miranda revoque las decisiones dictadas por los mismos y ordene el conocimiento de las causas a otro Tribunal....
 
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

RECTORÍA

200º Y 152º

RESOLUCIÓN

La Jueza Rectora del Estado Bolivariano de Miranda, en aras de dar cumplimiento con los establecido en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a los fines de establecer los lineamientos que deben seguirse en la distribución de las causa que cursan en los Tribunales de Municipio adscritos a la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda ubicados en Valles del Tuy, que además conocen Materia de Responsabilidad Penal de Adolescentes en cuyos expedientes la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Miranda revoque las decisiones dictadas por los mismos y ordene el conocimiento de las causas a otro Tribunal; esta Rectoría dicta la presente Resolución:

CONSIDERANDO

Que por la condición de los Juzgados de Municipio con sede en Valles del Tuy, son Tribunales unipersonales y tienen multiplicidad de Materias bajo su competencia, y de conformidad con lo establecido en el artículo 666 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes están facultados para conocer Materia de Responsabilidad Penal del Adolescente, en los casos que tengan que conocer un Tribunal distinto de origen ante quien se ha desarrollado el procedimiento,

CONSIDERANDO

Que por la problemática que se ha venido presentando debido a la distribución de causas en Materia de Responsabilidad Penal Adolescente que cursan ante los Juzgados de Municipio con sede en Valles del Tuy, y tomando en consideración la ubicación geográfica de los cincos (05) Juzgados de Municipio, en aquellos fallos en que la instancia Superior revoque todas las actuaciones que se hayan celebrado en una causa y en consecuencia ordene a otro Juzgado el conocimiento de esta,

CONSIDERANDO

Que no existe un órgano distribuidor de causas para los Juzgados de Municipio ubicados en Valles de Tuy que conocen Materia de Responsabilidad penal Adolescente, a los fines de dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos supra mencionados, en consecuencia este Órgano Rector,

RESUELVE

PRIMERO: En caso de que la Corte de Apelaciones decida que debe reponerse la causa al estado de la audiencia de presentación y debe conocer otro Tribunal, conocerá el Tribunal colindante o más cercano.

SEGUNDO: El Juzgado a quien le haya sido asignada la causa, dará cumplimiento a lo ordenado en el fallo dictado por el Tribunal de alzada.

Tercero: Se ordena la publicación de la presente Resolución en la página web de la Rectoría del Estado Bolivariano de Miranda.

Dada, firmada y sellada en la sede de la Rectoría Civil del Estado bolivariano de Miranda, en el día de hoy martes treinta y uno (31) de Mayo de dos mil once (2011). Notifíquese y Publíquese.

Atentamente

Dra. MARINA OJEDA BRICEÑO

Jueza Rectora del Estado Bolivariano de Miranda

 
Autor:
  RECTORÍA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
 
Fecha de Publicación:
  31/05/2011
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