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lunes, 08 de agosto de 2016
RESOLUCION Nro. 024-2016, Modulo de Información y Estadística, Financiera y Cálculos
Que los Tribunales Superior Primero del Trabajo y Juicio del Trabajo de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial NO DESPACHARAN, el día jueves once (11) de Agosto del presente año, por cuanto los Jueces de dichos Juzgados asistirán a dicho evento, se deja constancia que cada Tribunal, reprogramará las Audiencias por auto de esta misma fecha o el primer (1er.) día hábil siguiente al de hoy. Asimismo se declara día inhábil a los efectos de los lapsos procesales, de conformidad con lo previsto en el artículo 66 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y de acuerdo a dicho artículo los términos y lapsos que vencieran en el día inhábil se entenderán prorrogados para el primer (1°) día hábil siguiente.



SEGUNDO



Los funcionarios Judiciales Administrativos, que no asistirán deben permanecer de guardia en el Circuito del Trabajo, cumpliendo la jornada de trabajo ordinaria, desempeñando sus actividades administrativas, en el horario de 8:30 am. a 3:30 pm, estando en funcionamiento todas las Unidades Administrativas del Circuito.

TERCERO

Se ordena la publicación de la presente Resolución en la Cartelera de la Coordinación del Trabajo de la Ciudad de Los Teques, así como en la Pagina WEB del Tribunal Supremo de Justicia, Región Miranda.

 
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



COORDINACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA

CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO MIRANDA LOS TEQUES



RESOLUCION Nro. 024-2016



La Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Trabajo del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Los Teques, en uso de las atribuciones conferidas mediante la Resolución de Sala Plena Nro. 1475 de fecha 03 de Octubre de 2003, dicta la presente Resolución para hacer del conocimiento a todos los abogados, Usuarios y Público en General, lo siguiente:

CONSIDERANDO



Por cuanto los Jueces del Circuito, asistirán el día jueves 11 de Agosto de 2016 al curso; de “Modulo de Información y Estadística, Financiera y Cálculos”, dirigido a los Jueces y Juezas del Trabajo, En tal sentido cumpliendo instrucciones del Magistrado se les convoca a los jueces y Juezas de este Circuito Judicial Laboral para que participen formalmente, en la actividad antes mencionada, el día jueves 11 de Agosto del año en curso, en el horario comprendido de 8:00 am., 1pm., a celebrarse en la Sede de la Escuela Nacional de la Magistratura, hecho este que produce la imposibilidad de hacer acto de presencia en la sede de los Juzgados bajo sus regencia, tal como lo exige la norma contenida con el Artículo 31 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. En consecuencia esta Coordinación Laboral:

CONSIDERANDO



Que es deber ineludible de todo operador de Justicia Garantizar y mantener al Justiciable su derecho de ser informado y de acceso a los órganos de Justicia, así como también a observar el debido proceso y al derecho a la defensa de conformidad con lo estatuido en los artículos 29 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Acuerda:



PRIMERO



Que los Tribunales Superior Primero del Trabajo y Juicio del Trabajo de Sustanciación Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial NO DESPACHARAN, el día jueves once (11) de Agosto del presente año, por cuanto los Jueces de dichos Juzgados asistirán a dicho evento, se deja constancia que cada Tribunal, reprogramará las Audiencias por auto de esta misma fecha o el primer (1er.) día hábil siguiente al de hoy. Asimismo se declara día inhábil a los efectos de los lapsos procesales, de conformidad con lo previsto en el artículo 66 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y de acuerdo a dicho artículo los términos y lapsos que vencieran en el día inhábil se entenderán prorrogados para el primer (1°) día hábil siguiente.



SEGUNDO



Los funcionarios Judiciales Administrativos, que no asistirán deben permanecer de guardia en el Circuito del Trabajo, cumpliendo la jornada de trabajo ordinaria, desempeñando sus actividades administrativas, en el horario de 8:30 am. a 3:30 pm, estando en funcionamiento todas las Unidades Administrativas del Circuito.







TERCERO



Se ordena la publicación de la presente Resolución en la Cartelera de la Coordinación del Trabajo de la Ciudad de Los Teques, así como en la Pagina WEB del Tribunal Supremo de Justicia, Región Miranda.



Dado firmado y sellado en la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques, a los ocho (08) días del Mes de Agosto del año dos mil dieciséis (2016), Años 205° y 156° de la Federación.











Dr. ADOLFO HAMDAN GONZALEZ

JUEZ COORDINADOR DEL TRABAJO

AHG/abt



 
Autor:
  COORDINACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO MIRANDA LOS TEQUES
 
Fecha de Publicación:
  08/08/2016
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