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jueves, 02 de marzo de 2017
RESOLUCIÓN N° 08-17.- NO DESPACHO EN EL TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN CHARALLAVE.






REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE



RESOLUCIÓN No 08-17



La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en uso de las atribuciones conferidas mediante Resolución Nro. 1475, de fecha 03/10/2003, en total concordancia con la Resolución Nro. 70, de fecha 27/08/2004, ambas emanadas de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura; dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General lo siguiente:



CONSIDERANDO



Que la Rectoría Civil del Estado Bolivariano de Miranda, mediante convocatoria informó que todos los Presidentes y Jueces Coordinadores de los Circuitos Judiciales, deben participar en la reunión que se llevará a cabo en el Tribunal Supremo de Justicia, el día viernes 03/03/2017, a las diez de la mañana (10:00 a.m.) con los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia.

RESUELVE



PRIMERO: NO DAR DESPACHO, el día Viernes 03 de Marzo del año en curso, en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en virtud que la Jueza que preside dicho Tribunal, a su vez se desempeña como Jueza Coordinadora Laboral y asistirá a la reunión en referencia.



Se ordena la publicación de la presente Resolución en la web del Tribunal Supremo de Justicia y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave.



Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave, a los Dos (02) días del mes de Marzo del año Dos Mil Diecisiete (2017). CUMPLASE.







Dra. TANIA RIVAS SOJO

JUEZA COORDINADORA LABORAL

 






REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

COORDINACIÓN LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE



RESOLUCIÓN No 08-17



La Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en uso de las atribuciones conferidas mediante Resolución Nro. 1475, de fecha 03/10/2003, en total concordancia con la Resolución Nro. 70, de fecha 27/08/2004, ambas emanadas de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura; dicta la presente Resolución para informar a todos los Abogados, Usuarios y Público en General lo siguiente:



CONSIDERANDO



Que la Rectoría Civil del Estado Bolivariano de Miranda, mediante convocatoria informó que todos los Presidentes y Jueces Coordinadores de los Circuitos Judiciales, deben participar en la reunión que se llevará a cabo en el Tribunal Supremo de Justicia, el día viernes 03/03/2017, a las diez de la mañana (10:00 a.m.) con los Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia.

RESUELVE



PRIMERO: NO DAR DESPACHO, el día Viernes 03 de Marzo del año en curso, en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Charallave, en virtud que la Jueza que preside dicho Tribunal, a su vez se desempeña como Jueza Coordinadora Laboral y asistirá a la reunión en referencia.



Se ordena la publicación de la presente Resolución en la web del Tribunal Supremo de Justicia y en la cartelera del Circuito Judicial Laboral del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Charallave.



Se dicta la presente Resolución en la población de Charallave, a los Dos (02) días del mes de Marzo del año Dos Mil Diecisiete (2017). CUMPLASE.







Dra. TANIA RIVAS SOJO

JUEZA COORDINADORA LABORAL

 
Autor:
  COORDINACIÓN DEL TRABAJO EN LOS VALLES DEL TUY.
 
Fecha de Publicación:
  02/03/2017
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