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martes, 14 de abril de 2020
RESOLUCION Nº 009/20 LABORAL LOS TEQUES
Que en fecha trece (13) del mes de abril de dos mil veinte (2020), la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia dictó resolución número 002-2020, mediante la cual resolvió “Se prorroga por treinta (30) días, el plazo establecido en la Resolución número 001-2020, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia el 13 de marzo de 2020. En consecuencia, ningún Tribunal despachará desde el lunes 13 de abril hasta el miércoles 13 de mayo de 2020, ambas fechas inclusive. Durante ese período permanecerán en suspenso las causas y no correrán los lapsos procesales. Ello no impide que se practiquen las actuaciones urgentes para el aseguramiento de los derechos de alguna de las partes, de conformidad con la ley. Los órganos jurisdiccionales tomarán las debidas previsiones para que no sea suspendido el servicio público de administración de justicia. Al efecto se acordará su habilitación para que se proceda al despacho de los asuntos urgentes” En consecuencia esta Coordinación Laboral;
 
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA

COORDINACION DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO

DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO MIRANDA

LOS TEQUES



209° y 161°



RESOLUCION Nº 009-2020



La Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Trabajo del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Los Teques, en uso de las atribuciones conferidas mediante la Resolución de Nro. 1475 del Tribunal Supremo de Justicia. Dirección Ejecutiva de la Magistratura, en fecha 03 de Octubre de 2003, dicta la presente Resolución para hacer del conocimiento a todos los abogados, Usuarios y Público en General, lo siguiente.



CONSIDERANDO



Que es deber ineludible de todo operador de Justicia Garantizar y mantener al Justiciable su derecho de ser informado y de acceso a los órganos de Justicia, así como también a observar el debido proceso y al derecho a la defensa de conformidad con lo establecido en los artículos 29 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.



CONSIDERANDO





Que en fecha trece (13) del mes de abril de dos mil veinte (2020), la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia dictó resolución número 002-2020, mediante la cual resolvió “Se prorroga por treinta (30) días, el plazo establecido en la Resolución número 001-2020, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia el 13 de marzo de 2020. En consecuencia, ningún Tribunal despachará desde el lunes 13 de abril hasta el miércoles 13 de mayo de 2020, ambas fechas inclusive. Durante ese período permanecerán en suspenso las causas y no correrán los lapsos procesales. Ello no impide que se practiquen las actuaciones urgentes para el aseguramiento de los derechos de alguna de las partes, de conformidad con la ley. Los órganos jurisdiccionales tomarán las debidas previsiones para que no sea suspendido el servicio público de administración de justicia. Al efecto se acordará su habilitación para que se proceda al despacho de los asuntos urgentes” En consecuencia esta Coordinación Laboral;





RESUELVE



PRIMERO: Informar que a partir del día lunes trece (13) de abril hasta el miércoles trece (13) de mayo de 2020, ambas fechas inclusive, los Juzgados que integran el Circuito Judicial del Trabajo de La Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano Miranda con sede en Los Teques, NO DESPACHARAN, durante ese período permanecerán en suspenso las causas y no correrán los lapsos procesales. Ello no impide que se practiquen las actuaciones que fueren necesarias para el aseguramiento de los derechos de alguna de las partes, de conformidad con la ley.



SEGUNDO: A los fines de garantizar el acceso a la justicia de conformidad con los objetivos de la Resolución, dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, se considerarán habilitados todos los días del período antes mencionado en materia de amparo constitucional. Los jueces, están en la obligación de tramitar y sentenciar los procesos respectivos. En consecuencia el Dr. Roger Fernández, Juez del Juzgado Segundo (2do) de Primera Instancia de juicio de esta Circunscripción Judicial y sede, permanecerá de guardia a disponibilidada los fines de tramitar y sentenciar los procesos respectivos en materia de Amparo Constitucional.



TERCERO: Los jueces Dr. ROGER FERNÁNDEZ, titular de la cédula de Identidad Nro. V- 4.910.854 del Juzgado Segundo (2do) de Primera Instancia de juicio y quien suscribe Dra, INDIRA CARDOZO, titular de la cédula de Identidad Nro. V- 10.063.459, del Juzgado Superior Primero de esta Circunscripción Judicial y sede, permanecerán de guardia a disponibilidad, durante el período de Alarma Constitucional, es decir, lunes trece (13) de abril hasta el miércoles trece (13) de mayo de 2020, ambas fechas inclusive.



Dado, firmado y sellado en la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con Sede en Los Teques, a los catorce (14) días del mes de abril del año dos mil veinte (2020).Siendo
 
Autor:
  COORDINACION LABORAL LOS TEQUES
 
Fecha de Publicación:
  14/04/2020
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