´este
Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de
Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la
Circunscripción Judicial del Estado Bolívar,
administrando Justicia en nombre de la República
Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PROCEDENTE la solicitud de divorcio presentada y en
consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial que habían
contraído los ciudadanos CARLOS ALBERTO GUZMÁN
GONZÁLEZ Y CARMEN ELENA GIL FARFÁN,
venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de´