Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con la Resolución Nº 2009-0006, de fecha 18-03-2009, emanada por el Tribunal Supremo de Justicia, DECRETA: TÍTULO SUPLETORIO, a favor de la ciudadana MARIA EUGENIA SEGOVIA ANGULO, titular de la cedula de identidad Nº V-13.716.046, sobre bienhechurias ubicadas en: Casco Central, Calle La Gruta, Parroquia Cúa, Municipio general Rafael Urdaneta, estado Bolivariano de Miranda, construida en un terreno de propiedad Municipal, el cual declara fueron fabricadas a su solas y únicas expensas, con dinero de su propio peculio, encontrándose alinderado tal y como aparece reflejado en el.....