DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana LIBIA ROSA GONZÁLEZ ESPARZA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-10.420.123, sobre unas bienhechurías constituidas por una vivienda unifamiliar de dos (02) niveles, denominadas planta baja y planta alta ambas con un área de construcción de SESENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SIETE CENTÍMETROS (69,57mts2) cada una, cuyas dependencias y especificaciones están en el cuerpo de la solicitud y se dan aquí por reproducidas, las cuales declara la solicitante haber construido con dinero de su propio peculio, en un terrero de propiedad municipal con una superficie aproximada de SESENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y SIETE CENTÍMETROS (69,57mts2), ubicada en la siguiente dirección: "casa N°23, escalera La Ceiba, sector I, La Colina, Matica Arriba, Parroquia Los Teques, Municipio Guaicaipuro del estado Bolivariano de Miranda", cuyos linderos, medidas y demás determinacion.....