´Por todas las consideraciones antes expuestas este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, CONSTITUCIONAL, MERCANTIL, TRANSITO, MARÍTIMO Y AERONÁUTICO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, de conformidad con los artículos 49 Ordinal 1ro, 26 y 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los artículos 12, 15, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda de Interdicto por Despojo interpuesta por la ciudadana Keyla Carolina Bitter Gonzalez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.569.735.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la presente decisión.
TERCERO: por cuanto el presente pronunciamiento se realiza fuera del lapso legal establecido, de conformidad con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, se ordena la notificaci.....