este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y conforme a lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: TITULO SUPLETORIO, a favor de la ciudadana MARIA VIRGINIA QUERALES DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-6.222.663, sobre la bienhechuría identificada en la solicitud que encabeza estas actuaciones, vale decir, una vivienda, en un terreno propiedad de la solicitante, el cual tiene una superficie aproximada de OCHOCIENTOS METROS CUADRADOS (800,00 mts2), con un área total de construcción de OCHENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA DECIMETROS (89,50 mts2), y un valor asignado en la solicitud de DOSCIENTOS OCHENTA MIL .....