Este tribunal de manera sumaria ORDENA al Registro Civil del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda, así como al Registrador Principal del Estado Bolivariano de Miranda, a realizar la debida nota marginal en el ACTA DE NACIMIENTO signada con el No. 142, perteneciente a la ciudadana MARIA GABRIELA, la cual fue expedida por el Registro Civil del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha diecinueve (19) de agosto del año mil novecientos sesenta y nueve (1969), a fin de que se escriba correctamente su segundo nombre, así como el número de cédula de su progenitor, y por último, se agregue el número de cédula de su progenitora, pues en la mencionada acta se colocó: "(...) Narciso Frike Monroy, titular de la cédula de identidad No. 617.851 (...) Maria Grabriela (...) Benita del Carmen Dominguez de Frike (...)", cuando lo correcto era: "(...) Narciso Frike Monroy, titular de la cédula de identidad No. 201.095 (...) Maria Gabriela (...) Benita del Carmen D.....