...subsanarse de otra manera"
De las consideraciones efectuadas, se evidencia que en el caso de autos, ha transcurrido en demasía el lapso a que se contrae la parte in fine del artículo 228 del Código de Procedimiento Civil, esto es, entre la primera de la citación producida en este juicio, es decir, la correspondiente a las co-demandadas, ciudadanas ANABEL SUÁREZ NIETO y ERIKA SUÁREZ DE COLOMBO, a través de su apoderada judicial abogada en ejercicio ANA LUCIA PASQUALE, , la cual se efectuó en fecha 27.03.2026 (Véase folios 196 al 199), y por cuanto tal circunstancia obra en contra de la prontitud que debe existir en la conformación de la relación procesal deseable en toda causa, quien aquí suscribe, considera que por cuanto dentro del ordenamiento jurídico constitucional, el derecho de acceso a la Justicia y el derecho a la tutela judicial efectiva, en virtud de los cuales toda persona puede acceder a los órganos de la administración de justicia para obtener la tutela judicial ef.....