este Juzgado Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: UNICAS Y UNIVERSALES HEREDERAS del De Cujus JOSE CONSTANTINO DI GIULIO MARGIOTTA, quien en vida fuese venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.055.189, a su conyugue ciudadana NELIDA ELENA PAEZ de DI GIULIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-9.099.506 y a su hija MARIAGABRIELLA DI GIULIO PAEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-25.236.185, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil