Mediante resolucion Nº PJ0252026000091, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Angostura del Orinoco del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, DECLARA INADMISIBLE, la presente demanda de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, presentado por la ciudadana MARICELIS JOSEFINA GARCIA DE MONROY, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-8.894.570, debidamente asistida por la ciudadana LOURDES SOYANO CERMEÑO, abogada inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nro. 239.090, de este domicilio, en contra de la ciudadana ELIANA LAURA JARAMILLO FARFAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-14.145.384.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada en el copiador de sentencias que a efectos lleva este tribunal.
Dese por terminado mediante auto de egreso y archívese.
Devuélvanse los originales acompañados con la presente solicitud a el solicitante.
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