Se declara HOMOLOGADO el convenimiento realizado por la demandada, ciudadana IRAIMA MERCEDES RAMIREZ RIVERO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-9.960.710, de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y por vía de consecuencia, se declara CON LUGAR la demanda de RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO PRIVADO interpuesta por el ciudadano LUIS ALFONSO QUEVEDO CHAVEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-10.276.816, contra la prenombrada ciudadana, por lo que se tiene por RECONOCIDO el contenido y firmas del documento privado de compra venta suscrito por las referidas en fecha cinco (5) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024) (marcado con la letra "B" y cursante a los folios 11-14), el cual recayó sobre un inmueble destinado a vivienda, constituido por un apartamento identificado con el No. 11-A, el cual forma parte del Edificio ARICHUNA (Edificio B), ubicado en la parcela V-13-15 de la segunda.....