este Tribunal Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar con Sede en Ciudad Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional por el ciudadano JOSE APONTE, abogado en ejercicio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 238.855, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana YESICA BETANCOURT, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº 27.115.972, contra la sentencia de carácter definitivo dictada fecha 22/07/2025 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Ciudad Bolívar,