- DECISIÓN-
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Acevedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 527, 545 del código civil 936 y 937 y siguientes del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener, APRUEBA la mencionada justificación y DECLARA TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD DE LAS BIENECHURIAS DESCRITAS ENCLAVADAS SOBRE TERRENO INTI, a favor de la ciudadana: CECILIA DEL VALLE RAMIREZ YANES, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera, titular de la cédula de identidad N° V- 19.498.652, sobre una bienhechuría, ubicada en la Carretera Nacional Caucagua-Higuerote, Sector Santa Elena, calle Nº2, Parroquia El Café, Municipio Acevedo d.....