Declara SIN LUGAR la solicitud de DECAIMIENTO de Medida Privativa de Libertad presentada ante este Tribunal por la Defensa Privada de los acusados de autos HENRY JOHN CASTRO GOMEZ en su condiciòn de Defensor Privado de los acusados de autos MICHAEL ISMAEL LOPEZ LUNA y JESUS ENRIQUE ACEVEDO, la cual les fue impuesta por el tribunal de Control en fecha 28 de noviembre del año 2.009, por considerar llenos los extremos legales exigidos por los artìculos 150 y 151 numerales 2 y 3 ambos del Còdigo Orgànico Procesal Penal, por su presunta responsabilidad en la comisiòn de los delitos de EXTORSION previsto y sancionado en el artìculo 16 de la Ley Contra el Secuestro y Extorsión, y RESISTENCIA A LA AUTORAIDAD previsto y sancionado en el artìculo 218 del Còdigo Penal vigente. NOTIFIQUESE A LAS PARTES, IMPONGASE A LOS ACUSADOS
La Juez Segunda de Juicio,
ADALGIZA T. MARCANO HERNANDEZ
La Secretaria,
ABG. MERLIN PEÑA
Seguidamente .....