Por todos los razonamientos antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Los Teques, de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 243 y 321 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE por la MATERIA para conocer la presente solicitud de RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO planteada por la ciudadana Andrea Teotiste Sena de Infante, y como consecuencia de ello DECLINA su conocimiento en un Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.-