Por todos los razonamientos antes expuestos, es por lo que este Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Los Teques; Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, NIEGA el otorgamiento de la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO (DESTACAMENTO DE TRABAJO), al penado JOSÉ GREGORIO PULIDO FLORES, venezolano, de 22 años de edad, nacido en la ciudad de Santa Bárbara, Estado Barinas, en fecha 03 de febrero de 1981, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.992.749, residenciado en la Cortada de Maturín, Sector Los Anaucos, Carretera Vieja Los Teques, Estado Miranda