Por todo lo anteriormente expuesto este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Función de Control, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad que le confiere la Ley DECRETA LA LIBERTAD DEL IMPUTADO FRANKLIN ABELARDO TOVAR ORTEGA, de nacionalidad Venezolana, de 41 años de edad, natural de Ocumare del Tuy, fecha de nacimiento 30/12/62, de estado civil Casado, de profesión u oficio Obrero, hijo de ELINA ORTEGA y JOSE ANTONIO TOVAR, residenciado en Calle Principal El Rodeo, Casa No 02, al lado del Trébol una pollera y titular de la Cédula de Identidad No V- 06.421.667, acoge la precalificación jurídica dada al hecho como la HURTO SIMPLE, previsto en el 453 del Código Penal. Pero se le impone de la medida contemplada en el ordinal 3° artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Se deja constancia de haberle dado cumplimiento a los artículos 125, 131, 132, 248, 373 todos del Código Orgánico Procesal Penal así como también el artículo 49 ordinal 5 de la Constituc.....