Por los razonamientos antes expuestos este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA, EXTENSION VALLES DEL TUY, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda: PRIMERO: La solicitud del defensor público del acusado JHOVANNY MANUEL MARTINEZ CEREZO, en la cual pide la sustitución de la medida cautelar sustitutiva de libertad, prevista en el artículo 256 numeral 8, por la contenida en el mismo artículo en el numeral 2, en virtud de que no se le ha otorgado la primera por autoridad alguna. SEGUNDO: Niega la sustitución de la medida de privación preventiva de libertad, por una menos gravosa, con fundamento en los artículos 244, 250, 251 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a las partes de la presente decisión, librase las respectivas boletas de notificación, regístrese, publíquese y déjese copia, cúmplase.
LA JUEZ PRIM.....