DECLARA SIN LUGAR la solicitud interpuesta por el Dr. CIPRIANO CHIVICO, actuando en su carácter de Defensor Público del adolescente IDENTIDAD OMITIDA, en el sentido que le acuerde la Libertad a su defendido, RATIFICANDO LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD impuesta al referido adolescente, de conformidad con lo establecido en los artículos 581 y 628 Literal a) de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.