...DECLARA IMPROCEDENTE la solicitud de Corrección de Error Material que plantearon los ciudadanos IDENTIDAD OMITIDA y IDENTIDAD OMITIDA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V-IDENTIDAD OMITIDA y V-IDENTIDAD OMITIDA, respectivamente, en su carácter de solicitantes, de la Sentencia dictada por este Juzgado en fecha 18/03/2014 y publicada su texto íntegro en fecha 19/03/2014, en la cual se declaro con lugar la solicitud de Medida de Protección interpuesta por el Consejo de Protección de Niños Niñas y Adolescentes del Municipio Libertador del Área Metropolitana de Caracas, a requerimiento de los ciudadanos IDENTIDAD OMITIDA y IDENTIDAD OMITIDA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº V-IDENTIDAD OMITIDA y V-IDENTIDAD OMITIDA, respectivamente, decretándose las medidas de protección correspondientes, por considerarse que no le es dado aclarar o corregir al Juez que no pronunció la referida Sentencia, por su carácter personalísimo.....